La conformidad del acusado en el proceso penal

  1. BUTRON BALIÑA, PEDRO
Dirigida per:
  1. José Luis González Montes Director

Universitat de defensa: Universidad de Granada

Any de defensa: 1996

Tribunal:
  1. Tomás Muñoz Rojas President/a
  2. Andrés Jiménez Rodríguez Secretari
  3. Teresa Armenta Deu Vocal
  4. Ángel Bonet Navarro Vocal
  5. Carmen Senés Motilla Vocal
Departament: DERECHO PROCESAL Y DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO
UNIVERSIDAD: Universidad de Granada

Tipus: Tesi

Teseo: O52510 DIALNET

Objectius de Desenvolupament Sostenible

Resum

La conformidad del acusado en el proceso penal, sin ser un tema nuevo en nuestra legislacion, por cuanto la lecrim de 1.882 ya se ocupaba del mismo en los articulos 655 y 688 y ss., si que ha cobrado especial relevancia a partir de la promulgacion de ley organica 7/1.988, de 28 de diciembre, creadora del proceso penal abreviado, y que ha establecido una nueva regulacion de la institucion en los arts. 791.3 y 793.3 de la ley de enjuiciamiento criminal. La finalidad basica responde a la economia procesal, al evitarse la realizacion del juicio oral mediante la aceptacion del escrito de acusacion que contenga pena de mayor gravedad, procediendo el juez o tribunal a dictar sentencia. La problematica reside en que esa nueva regulacion da entrada a la negociacion previa entre el fiscal y la defensa para llegar a la conformidad del acusado.