Las cláusulas de jubilación obligatoria en los convenios colectivos tras la Ley 21/2021

  1. Juan Antonio Maldonado Molina 1
  1. 1 Universidad de Granada
    info

    Universidad de Granada

    Granada, España

    ROR https://ror.org/04njjy449

Journal:
Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social

ISSN: 0213-0750

Year of publication: 2022

Issue Title: Monográfico sobre la reforma laboral de 2021 para la pospandemia

Issue: 161

Pages: 407-430

Type: Article

More publications in: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social

Sustainable development goals

Abstract

La enésima reforma de la disposición adicional 10ª del ETT trae grandes novedades, logrando un equilibrio entre política de empleo, sostenibilidad del sistema y derecho a la no discriminación. Así, por vez primera puede afirmarse que los “objetivos coherentes” de política de empleo son muy concretos, consiguiendo el tan ansiado relevo generacional, relevo que –en caso de pactarseserá forzoso a los 68 años, cosa que permite cohonestar el fomento del empleo juvenil con el del retraso del cese de la actividad (en aras de la sostenibilidad del sistema de pensiones y la no discriminación). Dejan de coincidir la edad a que se “puede” y se “debe” jubilar una persona, lo que nos mostrará hasta qué punto los trabajadores se jubilaban a los 65 o los jubilaban a esa edad. Por último, se incorpora la perspectiva de género, como una excepción en la que el fomento del empleo femenino se antepone al retraso del cese de la actividad.

Bibliographic References

  • Alarcón Caracuel, M.R.: “Reflexión crítica sobre la reforma laboral de 2001”, Revista de Derecho Social, núm. 15, 2001, pág. 68.
  • Albiol Montesinos, I., Camps Ruiz, L.M. Y Goerlich Peset, J.M.: La reforma laboral en el Real Decreto-ley 5/2001, Tirant lo Blanch, Valencia, 2001, pág. 84.
  • Almendros González, M.A.: “La jubilación forzosa en la negociación colectiva”, en Monereo Pérez y Maldonado Molina (Dir.), La Edad de Jubilación. Comares, Granada, 2011, pág. 275.
  • Alonso Olea, M., y Casas Baamonde, M.E.: Derecho del Trabajo, Madrid, 2001, pág. 505.
  • Álvarez Cortés, J.C.: “¿Un efecto más de la jubilación gradual y flexible?: La imposibilidad de fijar edades de jubilación forzosa en la negociación colectiva. (O de como el Tribunal Supremo sigue malinterpretando la doctrina del Tribunal Constitucional respecto de la libertad negocial y la jubilación forzosa)”, Temas Laborales, núm. 75, 2004, págs. 263-281.
  • Alzaga Ruiz, I.: “Jubilación forzosa pactada en convenio: el respeto de las situaciones jurídicas que han alcanzado firmeza con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 14/2005, de 1 de julio”, Aranzadi Social, 2006, tomo I, págs. 3176-3181.
  • Barrios Baudor, G.L., “El regreso de la jubilación forzosa”, Revista Aranzadi Doctrinal, núm. 3, 2019.
  • Cabeza Pereiro, J.: “Nuevos debates sobre el régimen jurídico de la jubilación forzosa tras la Ley 14/2005, de 1 de
  • Casas Baamonde, M.E. y Valdés Dal-Ré, F.: “Legislación delegada y ordenamiento laboral: el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores”, Relaciones Laborales, núm. 9, 1995, págs. 60 y 61.
  • De La Villa Gil, L.E. y Montalvo Correa, J.: “La jubilación forzosa en los convenios colectivos”, Revista General de legislación y jurisprudencia. 1967, núm. 2, págs. 378395.
  • Elorza Guerrero, F.: “La jubilación forzosa del trabajador por convenio colectivo como causa de extinción del contrato de trabajo”, Temas Laborales, núm. 77, 2004, págs. 292 y ss.
  • Escudero Rodríguez, R.: “Propósitos y despropósitos de la reforma laboral de 2001”, RL, núm. 10, 2001, pág. 107.
  • Esteve Segarra, A.: La jubilación forzosa, Tirant lo Blanch, Valencia, 1999.
  • Fernández Martínez, S., “La vuelta de las cláusulas de jubilación forzosa a los convenios colectivos”, en VV.AA., Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible, Tomo I, Laborum, Murcia, 2019, pág. 227.
  • García Ninet, I.: “Derogación de la disposición adicional 10.ª del Estatuto de los Trabajadores de 1995. Extinción de la relación laboral al amparo de la cláusula del convenio que establecía la jubilación forzosa a los 65 años. ¿despido nulo? A modo de visión panorámica de las cuestiones principales. Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2004”, Tribuna Social, núm. 161, mayo, 2004, págs. 5-14.
  • García Viña, J.: «Regulación en convenio colectivo de cláusulas de jubilación forzosa (derogación de la D. Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores). Reformas introducidas por el Real Decreto-ley 5/2001, de 2 de marzo», Tribuna Social, núm. 124, 2001, pág. 35.
  • Gete Castrillo, P.: La edad del trabajador como factor extintivo del contrato de trabajo, Tirant lo Blanch, Valencia, 2001.
  • Gómez Caballero, P.: “Las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación”, Aranzadi Social, núm. 15, 2005.
  • Gómez Gordillo, R.: “TJCE- Sentencia de 16.10.2007, Palacios de la Villa, C-411/05- Jubilación forzosa prevista en convenio colectivo y discriminación por motivos de edad”, Revista de Derecho Comunitario Europeo, núm. 30, 2008.
  • Herráiz Martín, Mª.S.: “La jubilación forzosa de nuevo: régimen aplicable a los convenios colectivos anteriores a la fecha de entrada en vigor de la Ley 14/2005, de 1 de julio”, Aranzadi Social, núm. 18/2007.
  • julio”, Actualidad Laboral, núm. 8, abril, 2006, págs. 890-918.
  • Maldonado Molina, J.A.: “La edad de jubilación de los controladores aéreos”, Temas Laborales, núm. 105, 2010, pág. 212.
  • Maldonado Molina, J.A.; Granados Romera, I.; Romero Coronado, J.; Caballero Pérez, Mª.J.: “La pensión de jubilación: Configuración general y modalidad contributiva”, en Monereo Pérez, J.L.; Molina Navarrete, C. y Moreno Vida, Mª.N. (Coords.): La Seguridad Social a la luz de sus reformas pasadas, presentes y futura: homenaje al profesor Vida Soria con motivo de su jubilación, Comares, Granada, 2008, pág. 597.
  • Mella Méndez, L.: “Sobre la posibilidad de seguir pactando en convenio edades de jubilación forzosa tras la derogación de la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores”, Actualidad Laboral, núm. 11, 2002, pág. 219.
  • Molina Hermosilla, O, “El nuevo Ave Fénix. Reflexión a propósito de la Ley 14/2005 sobre cláusulas convencionales relativas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación” Aranzadi Social, núm. 14, 2005, pág. 1325.
  • Molina Navarrete, C. y García Giménez, M.: “Contratación laboral y política de empleo: primera fase de la nueva reforma del mercado de trabajo”, Revista de Trabajo y Seguridad Social, CEF, núm. 217, 2001, pág. 15.
  • Molina Navarrete, C.: “A vueltas con las “cláusulas de jubilación forzosa”: Nuevos capítulos para una ¿“historia interminable”?, La Ley: Revista jurídica española de doctrina, jurisprudencia y bibliografía, tomo 1, 2007.
  • Molina Navarrete, C.: “Un error judicial no se corrige con otro: la licitud de las cláusulas convencionales de jubilación forzosa condicionadas”, La Ley, núm. 6026, 26 mayo de 2004, pás. 1-5.
  • Monereo Pérez y Maldonado Molina (Dirs), El Índice de Envejecimiento Activo y su proyección en el Sistema español de Protección Social. Comares, Granada, 2021.
  • Monereo Pérez, J. L.: “La nueva fase del desarrollo del Pacto de Toledo: el acuerdo para la mejora y el desarrollo del sistema de protección social”, Relaciones Laborales, núm. 24, 2001, págs. 11-52.
  • Monereo Pérez, J.L. y Rodríguez Iniesta, G.: “El acuerdo socio-político triparto de 2021: la recuperación de la concertación social en el proceso de reforma del sistema de pensiones”, Revista de Seguridad Social, Laborum, núm. 28, 2021, pág. 21.
  • Monereo Pérez, J.L. y Rodríguez Iniesta. G.: “Notas sobre las aportaciones del RD-ley 28/2018, de 28 de diciembre, en el sistema de pensiones y en la jubilación forzosa”, Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum, núm. 18, 2019, págs. 24 y 25.
  • Muñoz Ruiz, A.B., “Cláusulas ilegales en la negociación colectiva: un balance de los últimos cinco años”, Revista de Información Laboral núm. 12/2014.
  • Poquet Catalá, R.: “Una institución jurídica a extinguir: las cláusulas de jubilación forzosa”, Temas Laborales, núm. 128, 2015.
  • Rodríguez-Piñero, M., Valdés Dal-Ré, F., y Casas Baamonde, Mª.E.: “La reforma del mercado de trabajo “para el incremento del empleo y la mejora de su calidad”, Relaciones Laborales, núm. 7, 2001, pág. 24.
  • Rodríguez-Sañudo, F.: “La extinción de la relación laboral por edad del trabajador”, Revista de Política Social, núm. 97, 1973., págs. 56 a 61.
  • Sáez Lara, C.: “El control de legalidad del Convenio Colectivo”, Temas Laborales, núm. 76/2004, págs. 390 y ss.
  • Sastre Ibarreche, R.; “La aplicación de la disposición adicional 10 del Estatuto de los Trabajadores por la negociación colectiva”, Tribuna Social, núm. 94, 1998, pág. 41.
  • Sempere Navarro, Av., Meléndez Morillo-Velarde, L. y Gómez Caballero, P.: “Apuntes sobre la jubilación forzosa”, Aranzadi Social, núm. 25, 2006, págs. 15-16.
  • Tomás Jiménez, N.: “La jubilación forzosa y su evolución legislativa”, en Monereo Pérez y Maldonado Molina (Dirs.), La Edad de Jubilación. Comares, Granada, 2011, págs. 245 y ss.
  • Valdés De La Vega, B., Mejoras voluntarias por edad de jubilación, Tirant lo Blanch, Valencia, 1999.