La responsabilidad patrimonial de la administración en accidentes de trafico

  1. DOMINGUEZ MARTINEZ MARIA PILAR
Dirigida por:
  1. Luis Fernando Reglero Campos Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Castilla-La Mancha

Fecha de defensa: 11 de julio de 2005

Tribunal:
  1. Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano Presidente/a
  2. Juan José Marín López Secretario/a
  3. Ángel Carrasco Perera Vocal
  4. Jesús Leguina Villa Vocal
  5. Antonio Ortí Vallejo Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 128457 DIALNET

Resumen

El trabajo se circunscribe al ánalisis de la responsabilidad civil de la Administración por perjuicios sufridos como consecuencia de un accidente de tráfico, que sean imputables a la Administración como prestadora del servicio público de carreteras. Mi interés se centra en el estudio del ámbito objetivo y subjetivo de la responsabilidad de este servicio público y en la defensa de un criterio de imputación de daños basado en el círculo de riesgo controlable y en la aplicación de un estándar inspirado en la finalidad de seguridad viaria que este servicio debe garantizar. Las causas de exoneración, concurrencia de causas, cuantificación del daño y cuestiones sobre jurisdicción competente permiten ofrecer una visión de conjunto de estos casos de responsabilidad. De acuerdo a la evolución que ha experimentado la responsabilidad civil extracontractual en España en las últimas cuatro décadas, puede afirmarse que en la actualidad su función consiste en la búsqueda de soluciones que garanticen a la víctima la efectiva reparación del daño cuando no existan razones que justifiquen que sea ella misma la que deba soportarlo. La dimensión económica y social de esta materia y el aumento de accidentes de tráfico, no sólo ha dado lugar a un crecimiento de demandas sobre responsabilidad derivada del uso de vehículos a motor, también contra la Administración por el funcionamiento del servicio de carreteras, pues se trata de un ámbito en el que la Administración interviene con su propio círculo de riesgo: las vías necesarias para que el automóvil círcule, vías cuyos títulares son normalmente las distintas Administraciones Públicas encargadas de la prestación de este servicio, bien directamente o mediante el de los concesionarios de autopistas. En la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, la misma función reparadora encuentra su justificación en el criterio de imputación estable