Los monumentos declarados bien de interés cultural en Aragón (1875-2017)reflexión sobre los motivos que llevaron a su declaración

  1. Borobio Sanchiz, Javier
Dirigida por:
  1. María Isabel Álvaro Zamora Director/a
  2. Ascensión Hernández Martínez Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Zaragoza

Fecha de defensa: 21 de junio de 2017

Tribunal:
  1. José Javier Rivera Blanco Presidente/a
  2. Mónica Vázquez Astorga Secretario/a
  3. José Castillo Ruiz Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 474214 DIALNET

Resumen

Esta tesis doctoral, con el título "Los Monumentos declarados bien de interés cultural en Aragón (1875-2017): reflexión sobre los motivos que llevaron a su declaración", es un trabajo de investigación, desarrollado a lo largo de nueve años, que comenzó en 2008, con un primer trabajo de investigación inserto en los cursos de doctorado, y que culmina ahora, en 2017, con la presentación del estudio ya concluido. Esta última investigación ha pretendido dos objetivos básicos: el primero, reunir ―tal y como indica su título― todos los monumentos aragoneses que a lo largo del periodo temporal expresado se han ido declarando como bienes de interés cultural en Aragón, en la categoría de monumento, y el segundo, analizar ―como asimismo se recoge en él― cuáles han sido los motivos que en cada momento han llevado a concederles tan elevada protección. Nuestra formación académica ―con estudios de arquitectura en las Universidades de Barcelona y París, másteres y cursos de especialización sobre el patrimonio histórico en las de Lovaina y Chaillot, y estudios de doctorado en Historia del Arte en la de Zaragoza―, nuestra experiencia profesional como arquitecto interviniente en variados proyectos de restauración a lo largo de muchos años, y nuestro trabajo en la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, coincidiendo con el periodo en el que se gestó la actual Ley del Patrimonio Cultural Aragonés, que daría lugar a la elaboración de los criterios de valoración de nuestro patrimonio, nos ha permitido abordar este complejo estudio, que, además, ha precisado de una larga y no siempre fácil investigación. Es lo que ha requerido la metodología de trabajo aplicada: de consulta de archivos y hemerotecas, en Alcalá de Henares (Archivo General de la Administración), en Madrid (Archivos Central de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de las Reales Academias de la Historia y de Bellas Artes de San Fernando, Centro Documental de la Memoria Histórica, del Instituto del Patrimonio Cultural de España e Histórico Nacional), y en Zaragoza (Archivos de la Real Academia de San Luis, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón, y del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón); la realización de entrevistas (a directores generales, altos funcionarios del Gobierno de Aragón, académicos, investigadores, historiadores, historiadores del arte y arquitectos, que intervinieron, fueron testigos directos o son conocedores de la gestación de la referida Ley de Patrimonio de nuestra Comunidad), y el trabajo de campo (con revisión in situ todos los bienes declarados bien de interés cultural en la categoría de Monumento en Aragón). El análisis de toda esta información, dispersa, variada y a menudo complementaria, es la que nos ha servido para redactar la tesis doctoral, que presentamos dividida en dos grandes partes. En la primera, que es el cuerpo básico de nuestra tesis, tras un preámbulo en el que definimos el término Monumento y tratamos de todas aquellas instituciones que en algún momento han intervenido en las declaraciones de Patrimonio, estructuramos el largo periodo temporal estudiado, en seis etapas consecutivas, como son: 1) la Restauración Borbónica (1874-1931), momento en que tienen lugar las primeras declaraciones de Monumentos en Aragón; 2) la II República (1931-1933); 3) la Dictadura de Franco (1939-1975); 4) la Transición, Democracia y Preautonomía (1975-1983); 5) la Autonomía (1983-1999); y 6) la publicación de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés (1999-2017), actualmente vigente. En todas ellas organizamos la información obtenida siguiendo un mismo esquema ―el marco legal y político-social; el listado de Monumentos declarados; el análisis de cada uno de dichos Monumentos; y unas conclusiones relativas a ese periodo, en las que se extrae el contexto, tipologías de obras declaradas, y reflexionamos acerca de los motivos que llevaron a esta catalogación―, en suma, con una ambiciosa y disciplinada investigación que nos ha permitido llegar a unas Conclusiones finales, en las que ofrecemos no sólo el contexto completo que explica las declaraciones de Monumentos llevadas a cabo en Aragón entre 1875 y 2017, sino además una reflexión acerca del futuro de estos monumentos y, de alguna manera, aquello que debería de completarse, mejorarse y, posiblemente, cambiarse en la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés. Las Conclusiones están divididas en cinco apartados: 1) Sobre el alcance del trabajo de investigación, en donde se explica que se han estudiado un total de trescientos noventa y ocho bienes de interés cultural declarados monumento, cuya declaración se llevó a cabo de forma expresa o habiendo tenido una incoación específica; 2) Sobre la variedad de los informes analizados, en el que se expone la naturaleza de la documentación examinada y su proveniencia (Gobierno de Aragón, Real Academia de la Historia, Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, Real Academia de Nobles y Bellas Artes de San Luis, Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Zaragoza, Ministerio responsable de patrimonio en cada momento), así como la diversa calidad técnica de los escritos justificativos que cada uno de los mencionados organismos emitía; 3) Sobre la dispersión de los expedientes, apartado que se refiere a la recopilación de los informes antes indicados, y a la dificultad y, en algunos casos, imposibilidad de encontrar varios de los expedientes que se citan en las declaraciones; 4) Sobre la tardanza en la finalización de varios expedientes de declaración; y 5) Sobre las características de los monumentos protegidos, en donde queda reflejado, mediante gráficos y tablas, la tipología de las diferentes construcciones declaradas, la propiedad de cada una de ellas, los estilos predominantes en esos monumentos analizados, y por último, los motivos que se esgrimen en sus informes de declaración, habiéndolos resumido en cuarenta y siete tipos diferentes de motivaciones o argumentos, que podrían agruparse, a su vez, en seis grandes bloques (administrativos, económicos, estético-artísticos, históricos, técnico-constructivos y otros). La segunda parte, incluye las fichas del total de los trescientos noventa y ocho monumentos así declarados en Aragón (más otros dos incoados como bien de interés cultural en la categoría de Monumento, cuya declaración todavía no ha sido resuelta por estar en periodo de información pública), cuyos campos y contenidos (con setenta y siete entradas) explicamos asimismo detalladamente.