¿Daña la muerte a los animales? el análisis privacionista y la plausibilidad de una gradación no especieísta del valor de las vidas

  1. Campos Serena, Olga
Dirigida por:
  1. Francisco Lara Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 11 de marzo de 2011

Tribunal:
  1. Pablo de Lora Deltoro Presidente/a
  2. Francisco Javier Rodríguez Alcázar Secretario
  3. Isabel Fanlo Cortés Vocal
  4. Pedro Francés Gómez Vocal
  5. Lorenzo Peña Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La concepción de una comunidad moral en la que no tienen cabida los animales no humanos forma parte de las coordenadas éticas del paradigma humanista. Y la idea de que las únicas obligaciones morales que podemos fundamentar son las que tenemos los humanos entre nosotros resulta incuestionable para la ética tradicional. Entiendo que resulta irrenunciable la necesidad de comprobar si las razones que ofrece la ética tradicional en este sentido se sostienen. Una nueva disciplina conocida como zooética surge con la intención de hacerse cargo de la posibilidad de proporcionar argumentos consistentes a favor del reconocimiento de responsabilidades morales directas para con los animales. Más allá del valor instrumental de los mismos que reconoce la ética tradicional, desde la zooética se estaría buscando justificar una diferencia sustancial con relación a la tradicional consideración moral de los animales. Si se puede justificar que las bases en las que descansa el citado paradigma son irracionales, y si se demuestra que los argumentos proporcionados desde la zooética con consistentes, entonces probablemente habrá que admitir que la mayor parte del trato que actualmente proporcionamos a los animales será injustificable. Por otro lado la discusión, aunque de otro tipo, no acabaría en la adopción del paradigma zoocéntrico. Sería necesario concretar el grupo de animales pare el que podríamos asumir justificadamente que formarían parte de la comunidad moral. Y una vez identificado el criterio legítimo para reconocer valor intrínseco habría que ver cómo variarán los deberes morales en función de cómo se interprete dicho valor. Entiendo especialmente relevante la pregunta por la forma en que tendríamos que enfrentarnos desde un punto de vista moral a las situaciones en las que entra en juego la muerte indolora de los animales no humanos. Considero clave por tanto encarar la cuestión acerca de si la muerte de los animales que forman parte de la comunidad moral puede ser entendida como un daño. ¿Tendremos que reconocer también para algunos de ellos una protección moral frente a la muerte? En caso de que respondiéramos positivamente la siguiente pregunta es obvia: ¿para qué animales podemos admitir que la muerte supone un daño? Además esta cuestión irá irremediablemente ligada a otra, y es la de cómo resolver los posibles conflictos que tendrán lugar entre las vidas de seres humanos y de animales. Parece que ello llevaría a buscar la forma de poder justificar una jerarquía del valor de las vidas que posibilitara la preferencia racional de unas vidas frente a otras en caso de conflicto. Se presentaría un grave problema si no pudiéramos contar con un análisis que nos permitiera decidir cuál es la opción moralmente menos grave en los casos en los que entra en juego la muerte. Solemos pensar que tales gradaciones son pragmáticamente inevitables, pero la pregunta es: ¿podemos, sin caer en una postura especieísta, justificar la apuesta por un ser humano en el caso de que su vida entre en conflicto con la de un animal? De manera que en el contexto de la concreción de las obligaciones será especialmente relevante la pregunta por aquello que determinará el establecimiento legítimo de una protección moral frente a la muerte. Teniendo este objetivo en mente metodológicamente será prioritario indagar en la cuestión acerca de cuándo se puede afirmar que la muerte supone un daño para el que muere. Ello irremediablemente llevará a analizar distintas teorías del daño con la pretensión de identificar la que mejor puede responder a las dificultades que se presentan en este posible caso atípico de daño que representa la muerte. Habrá que determinar si el grupo de individuos que merecen estar dentro de la comunidad moral coincidirá con el grupo de aquellos para los que podemos decir que la muerte les provoca un daño. Una vez situados en este punto la siguiente cuestión será la de si para todos los que se justifique que deben estar protegidos frente a la muerte habrá que admitir que ésta les daña en el mismo grado. La hipótesis que defiendo es que adoptar una teoría suficientemente amplia del daño nos permitirá hacer un análisis privacionista del daño que supone la muerte que, por un lado será la mejor forma de resolver las dificultades que surgen a otras alternativas, y por otro será compatible con la pretensión de justificar una jerarquía no especieísta del valor de la vida.