La movilidad geográfica internacional de trabajadores. Régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero

  1. MOLINA MARTÍN, AMPARO MARÍA
Dirigida por:
  1. Francisco Javier Prados de Reyes Director

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 27 de noviembre de 2009

Tribunal:
  1. Jesús Cruz Villalón Presidente/a
  2. Francisco Pedrajas Pérez Secretario
  3. Federico Navarro Nieto Vocal
  4. Jaime Castiñeira Fernández Vocal
  5. Ricardo Escudero Rodríguez Vocal
Departamento:
  1. DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Tipo: Tesis

Teseo: 283364 DIALNET

Resumen

El análisis del régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero supone llevar a cabo un estudio multidisciplinar e integral. Se trata de un estudio multidisciplinar porque excede los límites clásicos de las investigaciones en el ámbito del Derecho del Trabajo. En efecto, la aprehensión de esta materia exige incorporar técnicas y conocimientos de otras disciplinas científicas, tanto jurídicas -Derecho Civil, Derecho Internacional Público y, significativamente, Derecho Internacional Privado- como no jurídicas -Economía, Sociología-. La información que suministran sus fuentes propias y específicas supone un complemento imprescindible para analizar con garantías este tema. A ello hay que sumar -máxime tratándose de un tema como el que nos ocupa- las múltiples y distintas perspectivas que ofrece el Derecho comparado. Además, el presente estudio del régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero es integral. Quiere ello decir que, más allá de la exposición y ordenación de los referentes normativos que regulan diferentes aspectos de esta institución, se realiza una completa y profunda prospección de sus elementos objetivos y manifestaciones prácticas. La oportunidad de esta investigación se pone de manifiesto a medida que se identifica el contexto en el que se desenvuelven las relaciones de trabajo en la actualidad. De hecho, la progresión de su análisis evidencia la existencia de factores específicos que favorecen el desarrollo de experiencias de trabajo temporal en el extranjero, al tiempo que permite avanzar los problemas jurídicos que plantea. En este sentido, son determinantes factores de diversa índole que responden tanto a planteamientos político-jurídicos, como económicos, organizativos, sociales y culturales. Concretamente, el protagonismo lo ostentan la globalización económica y las alteraciones en los sistemas tradicionales de organización productiva, junto con motivaciones empresariales para hacer circular internacionalmente trabajadores propios, así como aspectos sociológicos y demográficos. En este ámbito, y como no podía ser de otra forma, el análisis de las especialidades del caso europeo como espacio integrado adquiere una importancia indudable. Un estudio como el que nos ocupa no puede ignorar la particular idiosincrasia que presentan las relaciones de trabajo que se desarrollan en territorio comunitario sobre la base de la consagración de las libertades de prestación de servicios, de circulación de trabajadores y de establecimiento. La configuración que dichas libertades confieren al mercado de trabajo comunitario tiene que ser tomada en especial consideración para completar el análisis de los factores que influyen en la movilidad geográfica de trabajadores a nivel externo, que en este contexto resultan especialmente favorables. Introducido el objeto de nuestro estudio a través de la identificación del panorama en el que se presenta, procede a continuación abordar la delimitación conceptual de la movilidad geográfica internacional de trabajadores, tomando como referencias principales las figuras del contrato internacional de trabajo y de la movilidad geográfica. El punto de partida es incontrovertible: en el contexto de la movilidad transnacional, la prestación temporal de servicios en el extranjero es una experiencia de movilidad en el empleo, frente a aquéllas que suponen una movilidad para el empleo, de manera que se marca una diferencia sustancial entre estas nuevas formas de ejecución transitoria de la actividad laboral a nivel externo o internacional y los tradicionales movimientos migratorios. Con esta premisa, la elaboración del concepto de movilidad geográfica internacional de trabajadores a partir del análisis y combinación de los rasgos definitorios de las figuras del contrato internacional de trabajo y de la movilidad geográfica -siendo referente en ambos casos, aunque sobre todo en el segundo, la configuración que reciben en nuestro ordenamiento jurídico- trae como consecuencia la revisión de ambas instituciones. No se trata de un ejercicio de adaptación artificial ni de construcción selectiva de la una respecto de las otras, sino que la evolución de la investigación pone de manifiesto la necesidad de clarificar sus conceptos y elementos. Dotan de contenido, a la vez que coadyuvan a dicha delimitación conceptual, la identificación, sistematización y desarrollo de las figuras afines y supuestos excluidos en el ámbito de la movilidad geográfica internacional de trabajadores. Se trata de una operación, no exenta de dificultades, que exige una observación atenta y crítica de las distintas formas en que se manifiesta la prestación temporal de servicios en el extranjero. El estudio del régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero, una vez concretados su contexto y su concepto, exige llevar a cabo un examen particular de las normas privadas internacionales que determinan la competencia judicial internacional y, sobre todo, el Derecho aplicable. No en vano, las relaciones de trabajo en régimen de movilidad geográfica internacional son situaciones privadas internacionales y, como tales, plantean supuestos de conflicto móvil entre jurisdicciones y ordenamientos jurídicos de distintos países. El análisis de las reglas sobre determinación de la competencia judicial internacional resulta una operación necesaria en estos supuestos de prestación sucesiva de servicios en varios Estados. Ello no obstante, la cuestión nuclear que debe abordarse en este ámbito es la identificación del Derecho aplicable, pues las situaciones de movilidad geográfica internacional de trabajadores provocan la aparición de conflictos normativos, eminentemente, entre los Derechos del país de origen y de destino, aparte del foro. No en vano, la articulación del régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero depende directamente de la solución que se dé a dichos conflictos. La selección del Derecho aplicable, sin embargo, no basta por sí sola para conocer las condiciones de trabajo y empleo en situaciones de movilidad geográfica internacional de trabajadores, como tampoco para identificar su caracterización técnico-jurídica. Estas cuestiones tienen que ser analizadas desde otra perspectiva, al margen de lo dispuesto en las normas privadas internacionales. Es preciso, por tanto, estudiar el contenido de las disposiciones materiales de los ordenamientos jurídicos internos, a cuyo efecto se toma como referencia principal el Derecho español. La investigación del régimen jurídico-laboral de la prestación temporal de servicios en el extranjero en nuestro ordenamiento demanda la sistematización de su marco normativo, tanto desde un punto de vista histórico como en relación con las disposiciones vigentes. La identificación de las normas específicas sobre el particular, distintas y separadas de las disposiciones reguladoras de la movilidad geográfica y de los movimientos migratorios, resulta fundamental para conocer el contenido y la extensión que tiene en nuestro Derecho su régimen jurídico-laboral. A este respecto, interesa especialmente conocer la evolución que han experimentado estas normas a partir de la aprobación de la Constitución de 1978, fundamentalmente en relación con lo dispuesto en su art. 42, que convoca al Estado a velar por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero, así como a orientar su política hacia su retorno. El análisis de la caracterización técnico-jurídica de los supuestos de trabajo temporal en el extranjero presenta un interés particular en este contexto. No en vano, lejos de resultar una cuestión de carácter meramente teórico, de esta operación se desprenden utilidades prácticas indudables al poner de manifiesto las deficiencias que subyacen en la configuración jurídica de estos supuestos en nuestro sistema normativo. El recurso automático e incondicionado a la aplicación del régimen jurídico de los supuestos típicos de movilidad geográfica a nivel interno -los desplazamientos y los traslados del art. 40 del ET-, como aglutinante de todas las experiencias de modificación locativa de la prestación de servicios, es muestra de ello. La determinación del ámbito y de las condiciones de trabajo y empleo en situaciones de prestación temporal de servicios en el extranjero debe culminar el estudio de su régimen jurídico-laboral. Se trata de un ejercicio de análisis normativo que aconseja tomar en especial consideración la regulación que dispone la negociación colectiva, principalmente, en aquellas materias más susceptibles de experimentar modificaciones como consecuencia de la movilidad geográfica internacional del trabajador -forma, documentación e información, retribución y tiempo de trabajo-. Conviene advertir finalmente que este trabajo se centra en la investigación de la problemática jurídico-laboral que presentan los supuestos de movilidad geográfica internacional, tanto en el ámbito de los derechos individuales como respecto de los derechos colectivos. Las cuestiones vinculadas con la Seguridad Social, por tanto, no se abordan específicamente a pesar de su destacado protagonismo en este ámbito, si bien en ocasiones se tienen en cuenta para ilustrar y completar, mutatis mutandis, lo dispuesto por la normativa laboral. Su tratamiento excedería las intenciones que acotan los límites de esta investigación.