El agente urbanizador en el derecho urbanístico español
- CRIADO SÁNCHEZ ALEJANDRO JAVIER
- Eduardo Roca Roca Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Granada
Fecha de defensa: 05 de julio de 2001
- Martín Bassols Coma Presidente/a
- María del Pilar Bensusan Martín Secretaria
- Federico A. Castillo Blanco Vocal
- Juan Cruz Alli Aranguren Vocal
- Manuel Martín-Cobos Puebla Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El análisis que hemos llevado a cabo del agente urbanizador ha sido desde la perspectiva del derecho urbanístico español, proponiéndose además como un modelo de gestión urbanística alternativo al tradicional basado en el propietario como agente urbanizador por excelencia, que es objeto igualmente de profundo análisis en la tesis doctoral. Respecto al análisis del modelo de gestión urbanística que se propone en el que el agente urbanizador es el centro de la gestión urbanística, parte del estudio de los fundamentos legales de la existencia de esta figura, como es el principio de la participación de los particulares en el derecho administrativo y en el derecho urbanístico, habiéndose hecho un estudio de la evolución histórica en el derecho urbanistico de la participación de los particulares. En relación a la figura objeto de este trabajo, ha sido la del modelo de agente urbanizador de la legislación valenciana, sin perjuicio de haber analizado igualmente esta figura en el ámbito de aquella legislaciones urbanísticas que han seguido fielmente este modelo, como es la de Castilla-La Mancha y Extremadura, así como de haber hecho referencia al resto de legislaciones urbanísticas que también la regulan. Se han analizado el instrumento esencial de esta figura que es el programa de actuación urbanizadora, así como las clases de gestión de esta figura de carácter público que es directa o indirecta y, en este último caso, por agrupación de propietarios o por empresas que no necesitan ser propietarios del ámbito. Se ha estudiado también este modelo de concurrencia empresarial en el suelo urbano con las figuras del agente rehabilitador y el agente edificador. Finalmente, se han elaborado unas conclusiones con propuestas de lege ferenda para la mejora de la regulación de este sistema así como para la progresiva homogenización en el ámbito nacional, dado que su adopción depende de la competencia exclusiva