Las escuelas reales de Córdoba (hoy Reales Escuelas Pías de la Inmaculada Concepción) de 1791 a 1845

  1. RODRÍGUEZ ESPEJO, MANUEL
Dirigida por:
  1. Miguel Beas Miranda Director

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 19 de abril de 2001

Tribunal:
  1. Mercedes Vico Monteoliva Presidente/a
  2. Moreno Montes Secretario/a
  3. Juan Antonio Garcia Fraile Vocal
  4. Vicente Faubell Zapata Vocal
  5. Diego Sevilla Merino Vocal
Departamento:
  1. PEDAGOGÍA

Tipo: Tesis

Teseo: 81715 DIALNET

Resumen

El Deán Francisco Javier Fernández de Córdoba pidió, en 1787, a Carlos III el que había sido colegio de los jesuitas, con intención de fundar una Obra Pía y abrir escuela gratuitas para niños y niñas, en Córdoba capital. Una vez obtenida la sede envió a Madrid a los primeros maestros a formarse en el método de la real Escuela de San Isidro, bajo la dirección de D. Juan Rubio, alma del movimiento de San Ildelfonso. Tres años después, en agosto de 1791, y apadrinadas por Carlos IV, se abren las dos primeras escuelas, a las que este Monarca concede el privilegio de reservarse el nombramiento de sus maestros y sucesores y les da el nombre de Escuelas Reales de Primeras Letras de Córdoba. Todo esto ocurre tres meses antes de la creación de las ocho Escuelas Reales en cada uno de los ocho cuarteles de Madrid. La tesis encuadra el tema en la España, Andalucía y Córdoba de la época; estudia en su primera parte la Obra Pía (Fundador, sede, íter de la fundación y la repercusión de las desamortizaciones en su vida) y en la segunda analiza las Escuelas masculinas y femeninas, sobre la base de las Constituciones que el Fundador dejó escritas, el organigrama de las Escuelas, el currículum y su metodología, los salarios y gratificaciones de los docentes, un caso de doble purga, los pupilos que tuvieron los Maestros y otros temas menores. Se establecen en todo momento parangones con la legislación oficail y otras instituciones. A las fuentes manuscritas (4495 documentos inéditos) y la bibliografía impresa, se añade tres Apéndices: legislación contemporánea, escritos del fundador, e impresos, discursos y planos de la época.