La garantía institucional de la autonomía local en el ordenamiento jurídico-constitucional

  1. CABELLO FERNÁNDEZ M. DOLORES
Dirigida por:
  1. María Luisa Balaguer Callejón Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Málaga

Fecha de defensa: 24 de junio de 2002

Tribunal:
  1. Francisco Balaguer Callejón Presidente
  2. Antonio Javier Trujillo Pérez Secretario/a
  3. Juan Cano Bueso Vocal
  4. Gregorio Cámara Villar Vocal
  5. Ángel Rodríguez Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 88468 DIALNET

Resumen

La Tesis Doctoral se dedica al análisis de la garantía institucional de la autonomía local en el ordenamiento jurídico-constitucional. Desde un punto de vista formal se estructura en tres capítulos. El Capítulo I se dedica al estudio de la garantía institucional, esta es una institución creada por la doctrina alemana y recibida en España que se define como un instrumento de protección de determinadas instituciones reconocidas por la constitución frente al legislador ordinario. Así el legislador puede regular la institución pero no podrá suprimirla ni transformarla hasta el pundo de desnaturalizarla, de tal modo que su reconocimiento implica la imposibilidad de supresión salvo reforma constitucional. Definida así la misma, se estudia su relación con los derecho fundamentales, especialmente con el contenido esencial de los mismo que también se configura como un límite al legislador. Planteada la cuestión dedicamos el capítulo II al estudio de una de las instituciones constitucionalmente reconocidas, la autonomía local garantizada por el art. 137 de la Constitución que se considera como una institución que goza la garantía insitucional, analizando el propio concepto de autonomía local, considerando que la autonomía de la que gozan los entes locales no sólo es una autonomía administrativa sino que tiene un contenido político que el Estado deberá garantizar y las Comunidades Autónomas respetar. Precisamente para lograr una mayor protección de la autonomía local se modifica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional por la Ley Orgánica 7/99, de 21 de abril introduciendo el denominado conflicto en defensa de la autonomía local. Este nuevo proceso constitucional legitima a los entes locales para que puedan acceder al Tribunal Constitucional impugnando las leyes tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas que puedan lesionar su autonomía constitucionalmente garantizada.