La continuidad de la empresa y de la actividad empresarial del concursado. Especial referencia al derecho uruguayo

  1. FALCO IRIONDO, ENRIQUE ADOLFO
Dirigida por:
  1. José Luis Pérez-Serrabona González Director

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 21 de febrero de 2020

Tribunal:
  1. Agustín Luna Serrano Presidente/a
  2. Eduardo Gálvez Domínguez Secretario
  3. Andrés Mariño López Vocal
  4. Lorenzo Mezzasoma Vocal
  5. Carmen Rojo Álvarez-Manzaneda Vocal
Departamento:
  1. DERECHO MERCANTIL Y DERECHO ROMANO

Tipo: Tesis

Resumen

Con el fin de proteger los créditos laborales del trabajador en caso de insolvencia de su empleador, se han adoptado tanto en el Derecho de la República Oriental del Uruguay como en el comparado, distintos medios. En este sentido, en el proceso concursal, a la hora de repartir el producido de la liquidación judicial de una empresa, la mayor parte de las legislaciones han otorgado a los créditos laborales que mantienen trabajadores contra el empleador insolvente, un privilegio frente a los restantes acreedores. Sin perjuicio de ello, paralelamente se encuentra otra solución, que procura asegurar mediante fondos de garantía de créditos laborales, al menos parcialmente, la percepción por parte del trabajador de lo que le adeuda el empresario insolvente. Se ha entendido que con la adopción de este tipo de medidas se logra mayor efectividad en el amparo de los derechos de los trabajadores pendientes de satisfacción. Y ello, porque otros tipos, como el que se instrumenta a través privilegiar al crédito laboral frente a otros créditos contra el empleador en el concurso, no implican la efectiva realización de los derechos de los trabajadores, cuando el valor del activo no cubre ni siquiera los créditos privilegiados. También debemos tener en cuenta que la liquidación de estos bienes ocasiona la desaparición de la empresa y obviamente la pérdida de los puestos de trabajo, algo que las normas concursales más recientes tratan de evitar. La conservación de la empresa, no sólo supone el mantenimiento de los puestos de trabajo, sino también un beneficio para la economía y en definitiva para la sociedad en su conjunto. La Ley no puede impedir las crisis de las empresas, pero si intentar que ellas tengan el menor costo para la economía en su conjunto. En tal sentido y sin dejar de tener en cuenta que la finalidad principal del concurso es la de satisfacer a los acreedores, la Ley 18.387de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial uruguaya, ha introducido varios cambios respecto al régimen que anteriormente regulaba la insolvencia, procurando dotar a las empresas de un mecanismo que permita la supervivencia de las que sean económicamente viables – aunque esto último no surja a texto expreso -, como motor de la economía, para asegurar la producción y los puestos de trabajo, o, en su caso, la eficiente y equitativa liquidación de las que no lo sean, con el fin de proteger la inversión, la competencia leal y la mejor satisfacción de los acreedores. Creó nuevos institutos -algunos no contemplados en otras legislaciones- que si bien no suponen el cumplimiento natural de la prestación, configuran otras alternativas, que aumentan el espectro de posibilidades que poseía el trabajador para defender sus derechos ante el concurso de su empleador. Entre otros se le habilita a reclamar el pago de sus adeudos en forma anticipada al del resto de los acreedores; se le otorga un régimen amplio para la verificación de su crédito, y se lo privilegia en el cobro del mismo en el caso de liquidación del patrimonio del concursado. Pero uno de los cambios principales que plantea, y que nuestro juicio resulta sustancial, es que además de procurar la supervivencia de la empresa como unidad económica, intenta que los mismos empleados que integraban los cuadros de la empresa en oportunidad de declararse el concurso, continúen con el emprendimiento. Estas posibilidades, pueden ser inaplicables en algunos casos, difíciles de concretar en otros, o contrariar el espíritu en virtud del cual se plasmaron. En este trabajo se procura identificar y analizar los problemas a los que se pueden enfrentar los trabajadores de una empresa insolvente que es declarada en concurso, y las soluciones de protección de los créditos laborales que mantienen ante el concurso del empleador, que brindan las normas uruguayas, con una especial referencia al Derecho español. En especial, se analiza la posible continuidad de la actividad empresarial por los trabajadores. Se intenta a su vez, proponer posibles soluciones a los problemas que esto genera.