La participación de las Comunidades Autónomas en la elección por el Senado de los magistrados constitucionales

  1. Sánchez Barrilao, Juan Francisco
Revista:
Teoría y realidad constitucional

ISSN: 1139-5583

Año de publicación: 2009

Número: 23

Páginas: 387-424

Tipo: Artículo

DOI: 10.5944/TRC.23.2009.6852 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

Otras publicaciones en: Teoría y realidad constitucional

Referencias bibliográficas

  • R. M. RUIZ LAPEÑA, El Tribunal de Garantías Constitucionales en la II República, BOSCH, Barcelona, 1982, págs. 162 a 175.
  • G. VALENCIA MARTÍN, «Artículo 5», en AAVV Comentarios a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, J. L. Requejo Pagés (coord.), Tribunal Constitucional/Boletín Oficial del Estado, Madrid, 2001, págs. 148 y 149.
  • P. CRUZ VILLALÓN, «Discurso pronunciado por el Presidente del Tribunal Constitucional con ocasión de la renovación parcial del Tribunal (7 de noviembre de 2001)», www.tribunal constitucional.es/memorias/2001/memo01_anexo05.html (03/10/2008).
  • J. GONZÁLEZ-TREVIJANO, El Tribunal Constitucional, Aranzadi, Elcano, 2000, págs. 72 y 73.
  • F. BALAGUER CALLEJÓN, «Las últimas reformas estatutarias», junto a G. CÁMARA VILLAR, J. F. LÓPEZ AGUILAR, M. L. BALAGUER CALLEJÓN, J. A. MONTILLA MARTOS, Manual de Derecho Constitucional (I), F. Balaguer Callejón (coord.), 3.ª ed., Madrid, Tecnos, 2008, págs. 364 y ss.
  • J. F. SÁNCHEZ BARRILAO, «Sobre el interés de las Comunidades Autónomas en la composición del Tribunal Constitucional», en AAVV El Estado Autonómico. Integración, solidaridad y diversidad (I), J. M. Vidal Beltrán y M. A. García Herrera (coords.), Colex/INAP, Madrid, 2005, págs. 155 y ss.
  • E. AJA C. VIVER PI-SUNYER, «Valoración de 25 años de autonomía», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 69, 2003, págs. 110 y 112
  • G. CÁMARA VILLAR, «El principio y las relaciones de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas», Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 1, 2004, pág. 217
  • A. RUIZ ROBLEDO, «Veinticinco años de Estado Autonómico», Revista de Derecho Político, núms. 58-59, 2003-2004, pág. 723.
  • J. URÍAS, «Nota sobre los conflictos territoriales ante la reforma de la LOTC», en AAVV La reforma del Tribunal Constitucional (Actas del V Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España), P. Pérez
  • A. L. SANZ PÉREZ, «Comentario a la STC 49/2008. Las fuentes del Derecho Parlamentario y el Senado», Repertorio Aranzadi del Tribunal Constitucional, núm. 9, 2008, págs. 13-28,
  • I. TORRES MURO, «La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y del Reglamento del Senado, puesta a prueba (SSTC 49/2008, de 9 de abril y 101/2008, de 24 de julio)», Revista General de Derecho Constitucional, núm. 6, 2008, en http://www.iustel.com/v2/revistas (20/12/2008).
  • F. FERNÁNDEZ SEGADO, «Artículo 159. La composición del Tribunal Constitucional», en AAVV Comentarios a la Constitución española de 1978 (XII), O. Alzaga Villaamil (dir.), Cortes Generales-EDERSA, Madrid, 1999, págs. 71 y ss.
  • G. FERNÁNDEZ FARRERES, ¿Hacia una nueva doctrina constitucional del Estado Autonómico? (Comentario a la STC 247/2007, de 12 de diciembre, sobre el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana), Thomson/Civitas, Madrid, 2008, págs. 21, 22, 49 ss.
  • L. BACHMAIER WINTER, Imparcialidad judicial y libertad de expresión de Jueces y Magistrados (La recusación de los Magsitrados del Tribunal Constitucional), Thomson/Aranzadi, Pamplona, 2008, págs. 171 y ss.
  • E. AJA, E. ALBERTÍ ROVIRA ,J. J. RUIZ RUIZ, La reforma Constitucional del Senado, Centro de Estudios Políticos y constitucionales, Madrid, 2005.
  • J. F. SÁNCHEZ BARRILAO, Las funciones no jurisdiccionales de los jueces en garantía de derechos, Civitas, Madrid, 2002, págs. 44-46 (y la bibliografía allí citada).
  • E. JERÓNIMO SÁNCHEZ-BEATO, «La «Comisión Consultiva de Nombramientos del Congreso de los Diputados». Algunas reflexiones a propósito de la Resolución de la Presidencia del Congreso de 25 de mayo de 2000», CORTS. Anuario de Derecho Parlamentario, núm. 11, 2001, especialmente págs. 161 y ss.; y
  • E. GÓMEZ CORONA, La autonomía parlamentaria en la práctica constitucional española, Tirant lo Blanch, Valencia, 2008, págs. 89 y ss.
  • L. E. DELGADO DEL RINCÓN, «La recusación de los Magistrados del Tribunal Constitucional (Comentario al ATC 26/2007, de 5 de febrero)», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 82, 2008, págs. 347-394
  • T. JEFFREY MILEY, Recusal and the Question of Judicial Independence: Reflections on the Current Spanish Controversy in Comparative and Theoretical Perspective, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2008, en http://www.cepc.es/working.asp (15/01/2009)
  • E. GUILLÉN LÓPEZ, «Judicial Review in Spain: The Constitutional Court», Loyola Law Review, núm. 41/2, 2008, págs. 536 y 537.
  • G. ZAGREBELSKY publicado en nuestro país y relativo a la condición de los Magistrados constitucionales en Italia: Principios y votos. El Tribunal Constitucional y la política, M. Martínez Neira (trad. del italiano), Trotta, Madrid, 2008.
  • G. CÁMARA VILLAR, Votos particulares y derechos fundamentales en la práctica del Tribunal Constitucional español (1981-1991), Ministerio de Justicia, Madrid, 1993.