Cuestiones generales acerca del nuevo sistema para la valoración de los daños y perjuicios personales causados en accidentes de circulación

  1. Laura Gázquez Serrano
Revista:
Actualidad civil

ISSN: 0213-7100

Año de publicación: 2015

Volumen: 2

Número: 11

Páginas: 26-39

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Actualidad civil

Resumen

Se acaba de aprobar la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación (BOE 23 de septiembre de 2015). Entrará en vigor el 1 de enero de 2016. El nuevo Baremo se inspira y respeta el principio básico de la indemnización del daño corporal; su finalidad es la de lograr la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos para situar a la víctima en una posición lo màs parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente. Para ello, también se identifican nuevos perjudicados y nuevos conceptos resarcitorios que no están recogidos en el Baremo vigente. Se sistematizan y dotan de sustantividad propia las indemnizaciones por daño patrimonial (daño emergente y lucro cesante) que el actual Baremo prevé de un modo significativamente simplista e insuficiente.Y se pone al día, mediante su aumento, el conjunto de indemnizaciones, destacando en particular las que corresponden a los casos de fallecimiento -y en especial, la de los hijos de víctimas fallecidas- y de grandes lesionados. La reforma supone, finalmente, una mejora manifiesta del sistema vigente, tanto desde la perspectiva de su consistencia jurídica y de su estructura como, en general, de las cuantías indemnizatorias que incorpora; supone también un apreciable progreso en el tratamiento resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de tráfico y, en los términos en que se formula, mejora sustancialmente el sistema legal vigente, por lo que puede sustituirlo de un modo más justo y cabal.