Garantías de la autonomía municipalLa participación de los municipios en las instituciones autonómicas
ISSN: 0211-9560
Año de publicación: 2017
Título del ejemplar: La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskad
Número: 107
Páginas: 107-126
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Vasca de Administración Pública. Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria
Resumen
Una de las innovaciones más destacada y destacable de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi es la regulación de la participación de los municipios en las instituciones autonómicas. La novedad radica en que la participación no aparece como expresión del genérico derecho de las entidades locales a inter- venir en los asuntos que les afecten; no es una alternativa a la atribución de competencias sino garantía de la titularidad y ejercicio de las competencias propias. Se trata de un órgano sujeto a un procedimiento al que los municipios acuden para valorar el impacto positivo o negativo de las normas autonómicas sobre su ámbito competencial. La función determina la composición: un órgano de composición exclusivamente municipal que ejerce alerta temprana y que excede el derecho de audiencia para desplegar funciones de análisis y valoración dotadas de efectos jurídicos