Discriminación por la diferencia indemnizatoria entre trabajadores fijos y trabajadores temporales o interinos: de la doctrina Diego Porras a la nueva doctrina Montero Mateos y Grupo Norte Facility, S.A.

  1. José Luis Monereo Pérez
  2. Pompeyo Gabriel Ortega Lozano
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2018

Número: 61

Tipo: Artículo

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Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea rectifica la doctrina Diego Porras con dos recientes sentencias: caso Montero Mateos y caso Grupo Norte Facility. Con esta nueva doctrina se confirma que no es discriminatorio que la normativa española no prevea el abono d e indemnización por finalización en los contratos de interinidad o que la indemnización sea inferior en contratos temporales. No obstante, la primera sentencia española que aplica la nueva doctrina –sustentándose en el apartado 64 de una de las sentencias del TJUE– mantiene la indemnización de veinte días de salario a interinos y temporales cuando se cumplan dos requisitos: no se conozca con certeza la fecha de finalización y, además, la relación se considere inusualmente larga –dos o tres años–.