El principio de igualdad en el complemento de maternidad en las pensiones contributivas del Sistema de la Seguridad Social. (El complemento de maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social concedido por España a las madres beneficiarias de una pensión que tengan dos o más hijos, debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica, en virtud de la jurisprudencia del TJUE)

  1. José Luis Monereo Pérez
  2. Sara Guindo Morales
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2020

Título del ejemplar: Defensa de la neutralidad en la red

Número: 85

Tipo: Artículo

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Resumen

Este texto analiza si el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del Sistema de la Seguridad Social cuyo régimen jurídico se contiene en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, es contrario a la normativa comunitaria, al discriminar a los padres con hijos en comparación con las madres con hijos. Para ello, se analizará la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea de fecha 12 de diciembre de 2019 dictada en virtud de una petición de decisión prejudicial planteada mediante auto por el Juzgado de lo Social número 3 de Gerona, así como también la ulterior Sentencia de dicho Juzgado de fecha 13 de marzo de 2020, entre otras cuestiones.