Tratamiento jurídico-penal de la eutanasia tras la reforma de 2021

  1. Jesús Barquín Sanz
Revista:
Cuadernos de política criminal

ISSN: 0210-4059

Año de publicación: 2021

Número: 133

Páginas: 5-59

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Cuadernos de política criminal

Referencias bibliográficas

  • Alegaciones del Juzgado de Instrucción núm. 25 de Madrid en cuestión de competencia negativa resumidas en el RJ 1.0 del AAP Madrid (Sección 27ª) de 6 de juni o de 2019 (ECLI:ES:APM:2019:1891A).
  • ALONSO ÁLAMO, M. (2007). «La eutanasia hoy: Perspectivas teológicas, bioética constitucional y juridíco -penal (a la vez, una contribución sobre el acto médico)».Revista Penal, núm. 20, págs. 2-31
  • ALONSO ÁLAMO, M. (2009). «Delimitación de ámbitos de responsabilidad e imputación objetiva. (A propósito de la disposición sobre la vida en el auxilio ejecutivo al suicidio y la eutanasia)». Revista de Derecho Penal y Criminología, 3.ª época, núm. 1, págs. 21 y ss.
  • BARQUÍN SANZ, J. (2001), «La eutanasia como forma de intervención en la muerte de otro», en Roxin, Mantovani, Barquín y Olmedo: Eutanasia y suicidio: Cuestiones dog­ máticas y de política criminal, Granada: Comares, págs. 155-211
  • BARQUÍN SANZ, J. (2018) . «Retos de la justicia penal: avance de un diagnóstico». En Suárez López, Barquín Sanz et al. (dirs.), Libro Homenaje al Profesor Lorenzo Morillas Cueva, Dykinson, Madrid, págs. 36 y ss.
  • BARQUÍN SANZ, J. (2020a), «Eutanasia y derecho penal: apun­ tes desde España», en Libro Homenaje al Prof. Ayar Chaparro Guerra, Madrid: Dykinson, págs.167-175
  • BARQUÍN SANZ, J. (2020b) «Despenalización de la eutanasia: no empezamos bien». Almacén de derecho, 25 febrero 2020 https://almacendederecho.or gldespenalizacion-de-la-eutanasia-no-empezamos-bien (último acceso, 2 marzo 2021).
  • BARQUÍN SANZ, J. (2021), «Despenalización de la eutanasia. Acerca de la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia de 2020». En Libro Homenaje al Prof. José Manuel Lorenzo Salgado (en prensa).
  • CARBONELL MATEU, J. C. (1996). En Vives Antón (coord.), Comentarios al Código Penal de 1995, vol. 1, Tirant lo Blanch, Valencia, pág. 760
  • CARBONELL MATEU, J. C. (2020)«El castigo de la ayuda al suicidio es inconstitucional».Revista DMD, núm. 82, pág.
  • CARBONELL MATEU, J.C. (1997). «Suicidio y eutanasia en el Código Penal de 1995», en J. L. Gómez Colomer y J. L. González Cussac (coord.), La reforma de la justicia penal. {Estudios en homenaje al Prof. Klaus Tiedemann}, Universidad Jaume I, Castellón, págs. 183-202
  • CARBONELL MATEU, J.C. (2016), «Suicidio y delito: crónica de un dislate jurídico múltiple sobre la necesidad político-criminal de reconocer el derecho a decidir sobre la vida propia», Revista General de Derecho Penal, 26, págs. 1-5
  • CERMI (2021), «Propuestas de enmiendas del sector social de la discapacidad representado por el CERMI a la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia (Trámite delSenado)», págs. 9-1O, http://www.infocoponline.es/pdf/Propuestas -Enmiendas-CERMI. pdf (último acceso, 2 marzo 2021).
  • CoRCOY BIDASOLO, M. (2010). «La regulación de la eutanasia en el CP español. Propuestas de reformas legislativas». En Mendoza Buergo (edit.), Autonomía personal y decisiones médicas. Cuestiones éticas y juríd icas, Civitas, Madrid, págs. 306-307.
  • CoRCOY BIDASOLO, M. y GALLEGO SoLER, J.I. (2007).«Política criminal en el ámbi­ to de la disponibilidad de la vida humana», en V Gómez Martín (coord.), Politica criminal y reforma penal, Tirant lo Blanch, Valencia, págs. 219-272
  • DE LA MATA BARRANCO, N. (2020a)«El Derecho penal de la libertad: ¿q¡ué hacemos con la eutanasia?», Almacén de derecho, 25 febrero 2020 https://almacendederecho.or glel-derecho-penal-frente-a-la-idea-de-li­ bertad-que-hacemos-con-la-eutanasia/ (último acceso, 2 marzo 2021)
  • DE LA MATA BARRANCO, N. J. (2020b). «El Derecho Penal y la eutanasia».Revista DM D, núm. 82, págs. 24-25
  • DEL MORAL GARCÍA, A. (2008). «La conformidad en el Proceso Penal. (Reflexiones al hilo de su regulación en el ordenamien­ to español)». Revista Auctoritas Prudentium, págs. 2 y ss.
  • DEL RosAL BLAsco, B. ( 1996).«El tratamiento juríd ico penal y doctrinal de la eutanasia en España», en Díez Ripollés y Muñoz Sánchez (coord.), El tratamiento jurídico de la eutanasia. Una perspectiva comparada, Tirant lo Blanch, Valencia, págs. 43-76
  • DEL RosAL BLAsco, B. (2020) «Del homicidio y sus formas (II)». En Morillas Cueva (dir.), Sistema de Derecho Penal. Parte especial, 3.ª ed., Dykinson, Madrid, pág. 47.
  • DíAz ARANDA, E. (1995). Dogmática del suicidio y homicidio consentido, Universidad Complutense, Madrid
  • DíAz VEIGA, M.J. 2007). «Sobre el caso del hospital Severo Ochoa de Leganés: una instrucción kafkiana o el uso político del procedimiento ». Revista Jurídica Universidad Autónoma De Madrid, núm. 16, 2007-II, págs. 171-183.
  • DíAz y GARCÍA CoNLLEDO, M. y BARBER BuRusco, S. (2012). «Participación en el suicidio y eutanasia. Esbozo del trata­ miento penal en España». Revista Nuevo Foro Penal, 8, 79, págs. 115-149
  • DíEz RIPOLLÉS, J.L. (1997) . «Artículo 143». En Díez Ripollés y Gracia Martín, Comentarios al Código Penal. Parte Especial, Tirant lo Blanch, Valencia, págs. 238 y ss.
  • DÍEZ RIPOLLÉS, J.L. y MuÑOZ SÁNCHEZ, J. (coord.) (1996). El tratamiento jurídico de la euta­ nasia. Una perspecti va comparada, Tirant lo Blanch, Valencia
  • FERRÉ ÜLIVÉ, J. C. (2018). «El Plea bargaining, o cómo pen1ertir la justicia penal a través de un sistema de conformi­ dades low cost». Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, núm. 20-06 , págs. 2 y ss. (disponible en internet: http://criminet.ugr.es/recpc/20/recpc20-06.pdf, último ac­ ceso 8 marzo 2021)
  • GARCÍA ÁLVAREZ, P (2020). «Contrasentido de la propuesta».Revista DMD, núm. 82, pág. 19
  • GARCÍA ARÁN, M. (1995). «Eutanasia y disponibilidad de la propia vida», en J. L. Díez Ripollés (dir.), Delitos contra la vida e integridad física, Consejo General del Poder Judicial, Madrid, págs. 9-40
  • GARCÍA MOSQUERA, M. (2020). «Breves re­ flexiones sobre responsabilidad penal en casos de suicidio de menores de edad». En de Vicente Remesa!et al. (dirs.), Libro homenaje al Profesor Diego M anuel Luzón Peña con motivo de su 700 aniversario, vol. 11, Reus Ed., Madrid, págs., 1614 y ss.
  • GóMEZ RIVERO, M.C. (1998). «La intervención omisiva en el suicidio de un tercero». Actualidad Penal, 45, págs. 889-923
  • GÓMEZ SANCHO, M. (coord.) et al.(2015).«Atención Médica al final de la vida: conceptos y definiciones», Organización Médica Colegial y Sociedad Española de Cuidados Paliativos, pág. 1O (https://www.cgcom.es/sites/default/files/conceptos_definiciones_al_final_de_la_vida/files/assets/basic-html, último acceso 6 marzo 2021). También subraya la relevancia del contexto médico y de la actuación por el médico
  • GÓMEZ TOMILLO, M, LóPEZ-lBOR ALIÑO, J.J. y GuTIÉRREZ FUENTES, J.A. (eds.) (2008). Aspectos médicos y jurí­ dicos del dolor, la enfermedad terminal y la eutanasia, Unión Editorial, Madrid
  • GÓMEZ TOMILLO, M. (2005).«Tratamientos paliativos e integridad moral en el contexto de la eutanasia activa indirecta». La Ley, 6300, págs. 1-20
  • GONZÁLEZ Rus, J. J. (2020).«Una ley manifiestamente mejorable». Revista DM D, núm. 82, pág. 27.
  • Informe de la Ponencia de la Comisión de Justicia: https://W\.\T\.v.senado.es/legisl 4/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG _D_ l4_ l50_1546.PDF (último acceso, 6 marzo 2021).
  • JUANATEY DORADO, C. (1994). Derecho, Suicidio y Eutanasia, Ministerio de Justicia e Interior, Madrid
  • JUANATEY DORADO, C. (2009). «El tratamiento del suicidio en el ordenamiento jurídico penal espa­ ñol». La Ley penal, 60, págs. 1-13
  • JuANATEY DORADO, C. (2020), «Reflexiones a propósito de la propuesta de regulación de la eutanasia voluntaria en España», Revista General de Derecho Penal, 34, págs. 1-25
  • LAMARCA PÉREZ, C. (2009). «Autonomía de la voluntad y protección coactiva de la vida». La Ley Penal, núm. 60, págs. 20-31
  • LEMA AÑÓN, C. y BRANDARIZ GARCÍA, J.Á. (2002). «Disponibilidad de la propia vida, eutanasia y responsabilidad penal: notas iusfilosóficas y jurídico-penales», en Faraldo y Brandariz, Responsabilidad pe nal del personal sanitario, Netbiblo, A Coruña, págs. 13-63
  • LóPEZ GARRIDO, D.y GARCÍA ARÁN, M. (1996). El Código Penal de 1995 y lavoluntad del legislador. Com,e.ntario al textoy al debate parlam,e.ntario, Eurojuris, Madrid, págs. 90-91.
  • LORENZO SALGADO, J.M. (2004). «Algunas consideraciones sobre el art. 143.4 del Código Penal».Estudios penales y criminológicos, 25, págs. 149-216
  • MANJÓN-CABEZA OLMEDA, A. (2021). «Eutanasia». En Álvarez García (dir.), Tratado de Derecho Penal. Parte Especial {!) . Delitos contra las personas, Tirant lo Blanch, Valencia, págs. 293 y ss.
  • MARCOS DBL CANO, A. M.ª (2019). «La eutanasia: propuesta de regulación en España», en Marcos del Cano y de la Torre Díaz (eds.), Y de nuevo la eutana­ sia. Una mirada nacional e internacional, Dykinson, Madrid, págs. 53-75.
  • MENDOZA BuERGO, B. (ed.) (2010). Autonomía personal y decisiones médicas. Cuestiones éticas y jurídicas, Civitas, Madrid
  • MoNGE FERNÁNDEZ, A. (1999). «Vida indigna o muerte digna: ¿eutanasia?». Actualidad Penal, núm. 48, págs. 891-923
  • MuÑAGORRI L.4GUÍA, l. ( 1996). «La regulación de la eutanasia en el nuevo Código penal de 1995». Jueces para la democracia, núm. 25, 1996, págs. 67-72
  • contribuciones breves en torno a la versión inicial de la PLORE, con formato de artículos divulgativos pero sólidamente argumen­tados, publicados en el número 82 (2020) de la Revista DMD, sucesivamente firmados por CAMBRÓN, PRESNO LINERA, CARBON'ELL MATEU, QUINTERO OLIVARES, GARCÍA ÁLVAREZ, TOMÁS­ VALIENTE LANUZA, DE LA MATA BARRANCO, GONZÁLEZ Rus, NÚÑEZ PAZ y GoNZÁLEZ ACUOELO (disponible en https://derechoamorir.org/wp-content/uploads/2020/08/Revista_DMD_82.pdf, último acceso 9 marzo 2021)
  • número 72 (2016) de la Revista DM D, editada por la propia Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente, hay abundante información y detalles sobre el caso (disponible en https://derechoamorir.org/wp-conten t/ uploads/2019/05/72-revista.pdf, último acceso 27 febrero 2021).
  • NÚÑEZ PAZ, M. A. (2020b). «Intervención de terceros en la muerte deseada y política legislativa». Revista DMD, núm. 82, págs. 29-30.
  • NÚÑEZ PAZ, M.Á. (1999). Homicidio consentido, eutanasia y derecho a morir con dignidad, Tecnos, Madrid
  • NÚÑEZ PAZ, M.A. (2016). Interrupción voluntaria de la vida humana, Tirant lo Blanch, Valencia
  • NÚÑEZ PAZ, M.Á. (2020a)«Necesidad de un concepto pre-legal de eutanasia, aspectos constitucionales y otras pre­ cisiones sobre la Proposición de "Ley Orgánica de regulación de la eutanasia" en España (BOCG de 31 de enero de 2020, núm. 46/ 1. Intervención de terceros en la muerte deseada y política legislativa», Revista General de Derecho Penal, 34, págs. 1-40
  • PAYÁN ELLACURÍA,E. (2000), «Análisis jurídico -penal de la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia: una propuesta de lege ferenda», e-Eguzkilore, Número 5, págs. 1-36 (sin numerar).
  • QUERALT J1MÉNEZ, J. J. (2015). M anual de Derecho Penal español. Parte Especial, 7.ª ed., Tirant lo Blanch, Valencia, pág. 70: «Víctima (i)».
  • QUINTERO OLIVARES, G. (2020). «Un derecho que no se respeta». Revista DM D, núm. 82, págs. 14-15.
  • REAL ACADEMIA ESPAÑOLA y ASOCIACIÓN DE ACADEMIAS DE LA LENGUA EsP.<U\/OLA (2010), Ortografía de la lengua española, Madrid: Espasa, págs. 269-270.
  • ROMEO CASABONA, C. M. (1994).El Derecho y la Bioética ante los límites de la vida humana .Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid
  • ROXIN, C., MANTOVANI, F., BARQUÍN SANZ, J. y OLMEDO CARDENETE, M. (2001). Eutanasia y suicidio: Cuestiones dogmáticas y de política criminal, Comares, Granada
  • SANZ MULAS, N. (2012).Relevancia jurídica del consentimiento informado en lapráctica sanitaria: responsabilidades civiles y penales. Comares, Granada
  • SERRANO DEL ROSAL, R. y HEREDIA CERRO, A. (2018). «Actitudes de los españoles ante la eutanasia y el suicidio médico asistido». Revista Española de Investigaciones Sociológicas, núm. 161, págs. 109-11O. Disponible en: http://wW\.v.reis.cis. es/REIS/PDF/REIS_ 161_061515157244322.pdf (última consulta: 15 de febrero de 2021).
  • SIMÓN LORDA, P. y BARRIO CANTALEJO, I.M. (2008), «Elcaso de nmaculada Echevarría: implicaciones éticas y jurídicas », M edicina intensiva, 32(9), págs. 444 y ss.
  • TOLEDANO TOLEDANO, J. (1999). Límites penales a la disponibilidad de lapropia vida, Atelier, Barcelona, págs. 230 y ss.
  • TOMÁS-VALIENTE LANUZA, C. (2000).La cooperación al suicidio y la eutanasia en el nuevo C.P. (art.143), Tirant lo Blanch, Valencia.
  • TOMÁS-VALIENTE LANUZA, C. (2008). «La regulación de la eutanasia, activa solicitada en el Código penal español». En Gómez Tomillo et al. (dir.), cit., págs. 159 y ss.
  • VALLE MUÑIZ, J. M. ( 1999).«Artículo 143», en Quintero Olivares (dir.), Comentarios a la Parte Especial del Derecho Penal, 2.ª ed., Aranzadi, Pamplona, pág. 68.