Trabajadores con discapacidad: principio de igualdad de trato y alcance del concepto de ajustes razonablesSentencia del Tribunal de Justicia de 10 de febrero de 2022, as. C- 485/20: HR Rail

  1. José Luis Monereo Pérez
  2. López Vico, Sheila
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2022

Número: 102

Tipo: Artículo

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Resumen

El presente trabajo tiene por objeto el análisis de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 10 de febrero de 2022, la cual aborda el problema interpretativo derivado del art. 5 de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. En particular, por medio de esta Sentencia se plantea por el Consejo de Estado de Bélgica una cuestión prejudicial sobre si el concepto de «ajustes razonables para las personas con discapacidad» recogido en dicho precepto debe de ser interpretado en el sentido de que un trabajador al cual se le reconozca una discapacidad que le impida desarrollar las funciones esenciales del puesto para el cual fue contratado y que venía desarrollando debe de ser destinado a otro puesto para el cual sí disponga de las competencias, capacidades y la disponibilidad exigidas. Además, en este caso el trabajador no era un agente contratado con carácter definitivo en la empresa, sino que por el contrario, el mismo se encontraba en un período de prácticas tras su incorporación en el momento en el cual fue despedido por la empresa, la cual por otro lado, constituía una sociedad anónima de Derecho público.