La obligación de motivar las sentencias como garantía de un proceso justo. STEDH de 14 de diciembre de 2021, Asunto Melgarejo Martínez de Abellanosa c. España
ISSN: 1696-0173
Año de publicación: 2022
Número: 1
Páginas: 287-297
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Nueva fiscalidad
Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena, parcialmente, a España por una violación del artículo 6.1 del Convenio, derecho a un proceso justo, por falta de motivación en una sentencia de la Audiencia Nacional relativa a un recurso sobre la naturaleza accesoria del recargo del periodo ejecutivo y de los intereses de demora de una deuda tributaria cuyo pago había sido reconocido como ingreso indebido en una resolución anterior. El Tribunal propone para una adecuada reparación del daño la reapertura del caso. Palabras clave: derecho a un proceso justo, derecho a una sentencia motivada, resoluciones discrepantes
Referencias bibliográficas
- LEAL MEDINA, J., "La motivación de las resoluciones penales: parámetros de validez formal y material" Diario La Ley, N.° 8576, 6 de julio de 2015.
- RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, J.: "El interés de demora exigible por la Administración en el Proyecto de Ley General Tributaria: luces y sombras", Quincena Fiscal Aranzadi, núm. 15/2003.
- RODRÍGUEZ RAMOS, L., "Necesidad de motivación de las sentencias (Comentario a la STC 55/1987 de 13 de mayo), Diario La Ley, 1987, pág. 1057, tomo 4, Editorial La Ley.
- SOTO NIETO, F., "Necesidad de motivación de las sentencias penales", Diario La Ley, N° 6985-6987, 2008.