La Blockchain de las cosas (el contrato Blockchain de las cosas), la necesidad de la tecnología Blockchain en el internet de las cosas en materia de seguridad y privacidad. La nulidad de la claúsula “as is

  1. María Jesús Jiménez Linares 1
  1. 1 Universidad de Granada
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    Universidad de Granada

    Granada, España

    ROR https://ror.org/04njjy449

Revista:
Revista de privacidad y derecho digital

ISSN: 2444-5762

Año de publicación: 2022

Volumen: 7

Número: 26

Páginas: 72-116

Tipo: Artículo

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Resumen

La unión del Internet de las cosas (IoT) y de la Blockchain (Blockchain de las cosas) en negocios jurídicos contractuales podría ser una modalidad del contrato Blockchain (contrato Blockchain de las cosas). Tras una breve configuración de estas dos tecnologías que se unen, se muestra como IoT encuentra en la Blockchain la posible solución a sus problemas de privacidad y seguridad apoyándose principalmente en su trazabilidad, confiabilidad, transparencia y descentralización, aunque para ello sea necesario que la propia tecnología Blockchain supere sus defectos en el entorno IoT, desarrollándose muchos proyectos en esta línea. Se analiza cómo los ataques cibernéticos DDoS son los que más sufre la Blockchain en el entorno IoT en sus smart contracts (software) y la posibilidad de prevenirlos. Por otra parte, tanto en la tecnología Blockchain como en el IoT entra en juego el software (independiente o embebido) y en los contratos de licencia de software se suele incluir la claúsula “ as is” que excluye la responsabilidad del desarrollador siendo nula al chocar con el Orden Público Europeo.