Atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad y funcionarios

  1. Rodríguez Gutiérre, Nicomedes
Dirigida por:
  1. Miguel Polaino Navarrete Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 29 de junio de 2017

Tribunal:
  1. Miguel Domingo Olmedo Cardenete Presidente
  2. Edgar Iván Colina Ramírez Secretario/a
  3. Carlos Aránguez Sánchez Vocal
  4. Miguel Polaino-Orts Vocal
  5. María Elena Torres Fernández Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 486573 DIALNET lock_openIdus editor

Resumen

La denominación de atentado tiene múltiples significados en el campo jurídico-penal, tales como la infracción delictiva que constituye un peligro para la seguridad pública (atentado terrorista) o el ataque dirigido contra personas de suprema importancia política o social, es decir, el atentado como acometimiento contra la autoridad y sus agentes en general1. Pero no sólo en el campo de la jurisdicción penal encontramos la acepción “atentado”, sino también en el proceso canónico, si bien en este sentido se limita al campo jurídico procesal y puede entenderse como un acto prohibido en relación con la disponibilidad de la res litigiosa, provocando un vicio litigioso, o un motivo de impugnación para demostrar y defender el objeto litigioso2. El enfrentamiento entre los ciudadanos y los agentes del orden o funcionarios públicos se producía históricamente a consecuencia de la arbitrariedad de éstos, por lo que la protección de los mismos tiene repercusión desde el Ordenamiento de Alcalá, el cual contiene penas contra los que maten o hieran a los alcaldes, adelantados, merinos y jueces siendo tipificado por primera vez el atentado como tal en el Código Penal de 1822. Desde sus orígenes, el tipo de delito de atentado ha incriminado actitudes violentas contra los agentes y funcionarios públicos, suscitando múltiples interrogantes respecto del delito de desobediencia y del delito de resistencia3. Ello ha llevado a una variada y rica jurisprudencia sobre el tema, la cual abordaremos en nuestro trabajo.