Evaluación de impacto del Protocolo del Azúcar CE-ACP

  1. Casanova Domènech, María Elisa
Dirigida por:
  1. Montserrat Millet Soler Director/a

Universidad de defensa: Universitat de Barcelona

Fecha de defensa: 07 de abril de 2005

Tribunal:
  1. Francesc Granell Trías Presidente/a
  2. Juan Ortega Galán Secretario/a
  3. Joan Clavera Monjonell Vocal
  4. Eduardo Cuenca García Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 123691 DIALNET lock_openTDX editor

Resumen

Con el ánimo de contribuir a la construcción de la nueva cooperación comercial entre la Comunidad Europea (CE) y los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), esta tesis se centra en el estudio del actual régimen de acceso a productos agrícolas concedido por la CE al grupo ACP. En concreto, se realiza un análisis y una evaluación del Protocolo del Azúcar CE-ACP (o, formalmente, el Protocolo nº 3 sobre el azúcar ACP), el cual aparece, por primera vez, en el Convenio de Lomé firmado el 28 de febrero de 1975. La principal preocupación por este instrumento de cooperación en particular es que su contenido es más beneficioso que el los demás Protocolos de productos agrícolas. Así, este acuerdo comercial sobre el azúcar es el único que se basa en un compromiso de compra, por parte de la CE, y de venta, por el lado de los ACP, de unas cantidades especificadas en el marco de un elevado precio garantizado. En la práctica, estos compromisos especiales han implicado transferencias monetarias sustanciales y un nivel de estabilidad significativo de los ingresos de exportación de azúcar para algunos de los países ACP participantes, especialmente para aquellos que presentaron vínculos comerciales históricos con Gran Bretaña. El objetivo final de este estudio consiste en proponer si el Protocolo del Azúcar CE-ACP debe ser integrado en los AAE o, por lo contrario, si es mejor mantenerlo bajo la posible exclusión permitida en el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT). Esta investigación también presenta la opción para el Protocolo del Azúcar de ser incluido en el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la CE, aunque las reducciones arancelarias y no arancelarias, junto a las exenciones específicas, sean menos generosas que las otorgadas a las importaciones europeas de productos ACP. Con esta finalidad, en este estudio se efectúa una evaluación de impacto del Protocolo del Azúcar CE-ACP sobre el desarrollo económico de los países ACP beneficiarios. Con ello, se demuestra que las transferencias monetarias implícitas apropiadas por las empresas azucareras de los Estados ACP participantes no han logrado, en general, una expansión del bienestar económico de sus economías. Este resultado ha sido alcanzado utilizando distintos modelos econométricos: un modelo de regresión lineal, un modelo de corrección de errores y un modelo con datos panel. En consecuencia, concluimos que el Protocolo del Azúcar CE-ACP no ha funcionado como un verdadero instrumento de cooperación al desarrollo. Para recomendar cómo mejorar las relaciones comerciales CE-ACP sobre el azúcar, el trabajo econométrico realizado se ha complementado con el análisis del funcionamiento del mercado internacional del azúcar (especialmente en relación a los precios y a los flujos comerciales). Asimismo, se ha considerado la reforma de la Política Agrícola Común ante los cambios que implicará en el mercado europeo del azúcar. Todos estos elementos nos permiten sugerir dos opciones alternativas al Protocolo, permitidas en el Acuerdo de Cotonú, con vistas a dirigir la cooperación comercial CE-ACP sobre el azúcar desde 2008, momento en el que está prevista la progresiva aplicación de los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) CE-ACP. Ambas opciones son compatibles con las normas de la Organización Mundial del Comercio y dependen de la decisión de cada Estado ACP respecto a la celebración de un AAE con la CE. Por un lado, para aquellos Estados ACP que decidan implementar un AAE, consideramos que el azúcar debería quedar cubierto en los esquemas resultantes de integración económica entre ambas Partes, lo que significa que se debería eliminar cualquier restricción que dificulte el comercio CE-ACP de azúcar. Por otro lado, en el caso de que algunos países ACP no alcancen un AAE con la Comunidad Europea, creemos que el azúcar tendría que formar parte del SPG mejorado de la CE, que será el trato comercial más probable que la CE ofrecerá a estos países ACP, como a los demás países en desarrollo. En cualquier caso, el proceso de cambio debería acompañarse de la concesión de ayuda financiera y técnica dirigida a dichos países ACP para ayudarlos a reestructurar el sector del azúcar y, en general, apoyarlos a que se adapten a las nuevas condiciones económicas de un mercado más globalizado. NOTA: Esta tesis recibió el "Premi Maspons i Anglasell" del "Patronat Català Pro Europa" (actualmente "Patronat Catalunya-Món") de la Generalitat de Catalunya a la mejor tesis doctoral en el bienio 2004-2005 (14a edición), el día 18 de abril de 2007.