El estatuto de los diputados del CongresoViejos y nuevos problemas

  1. Gregorio Cámara Villar
Revista:
Revista de las Cortes Generales

ISSN: 0213-0130 2659-9678

Año de publicación: 2022

Título del ejemplar: 40 Aniversario del Reglamento del Congreso de los Diputados

Número: 113

Páginas: 305-359

Tipo: Artículo

DOI: 10.33426/RCG/2022/113/1701 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

Se abordan en este estudio cuestiones centrales del estatuto de los Dipu- tados, tanto desde una perspectiva subjetiva como objetiva, a partir de la naturaleza y configuración constitucional y reglamentaria del mandato parlamentario, con la mirada puesta en una posible reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, necesaria cuando se han cumplido cuarenta años de su vigencia. A estos efectos se revisitan viejos problemas y se valoran otros nuevos a la luz de la evolución de nuestro sistema político, de la doctrina académica y la jurisprudencia constitucional. En concreto se realizan precisiones y algunas propuestas sobre derechos, deberes y régimen de incompatibilidades de los Diputados; se analizan y valoran con detalle las prerrogativas parlamentarias, acerca de las cuales se plantean serios interrogantes y, sobre ellos, determinadas propuestas: inviolabilidad, inmunidad y fuero especial; se hacen observaciones y, del mismo modo, propuestas sobre el tan problemático requisito de prestar promesa o jura- mento para la adquisición plena de la condición de diputado; se aborda la configuración reglamentaria de los distintos supuestos de suspensión; se analiza la posibilidad de regular la sustitución de un diputado en determi- nados supuestos de suspensión y en otras situaciones, cuestión que aunque no se contemple en nuestro Derecho parlamentario, pero sí en otros países, sigue siendo objeto de debate doctrinal. Finaliza el estudio con una reflexión sobre la situación del diputado ante su grupo parlamentario, concluyendo con la necesidad de una reforma reglamentaria que permita, además de contemplar posibles modificaciones o regulaciones sobre las cuestiones antes referidas, establecer un equili- brio razonable entre la garantía de la expresión de la representatividad política grupal en el seno de la Cámara y la preservación y potenciación de las facultades propias del representante individual, entendiendo que los efectos positivos de esta potenciación se extenderían no solo a la dinámica y calidad de la representación en el órgano representativo sino también al ámbito interno de los partidos y a la calidad del sistema democrático. De esta manera, el mandato representativo sería más sensible, coherente y acorde con la garantía derivada del artículo 67.2 en relación con el 23 CE. Entendemos que la configuración política hoy existente, derivada de un entendimiento desajustado del llamado Estado de partidos, merma y desaprovecha la autonomía del diputado, sus capacidades de comunicación con la ciudadanía, su pericia y habilidades individuales (expertise), su capacidad de respuesta ante las demandas del electorado (responsiveness) y la responsabilidad por sus actuaciones (accountability), al tiempo que desdibuja sensiblemente la propia condición y sustancia parlamentaria de la Cámara.