¿Es necesario un giro aretaico de la teoría de la argumentación jurídica?

  1. Tasia Aránguez Sánchez 1
  1. 1 Universidad de Granada
    info

    Universidad de Granada

    Granada, España

    ROR https://ror.org/04njjy449

Revista:
Doxa: Cuadernos de Filosofía del Derecho

ISSN: 0214-8676 2386-4702

Año de publicación: 2017

Número: 40

Páginas: 337-354

Tipo: Artículo

DOI: 10.14198/DOXA2017.40.14 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openRUA editor

Otras publicaciones en: Doxa: Cuadernos de Filosofía del Derecho

Resumen

La actual teoría de la argumentación jurídica tiene como base epistemológica la ética discursiva de Habermas y, en última instancia, la noción kantiana de la racionalidad práctica. Dicho paradigma se basa en una razón fría, que aspira a ser neutral, imparcial, universal y descontextualizada. Este enfoque abandona cuestiones centrales para la argumentación, tales como el carácter de la persona oradora, las emociones del auditorio o la persuasión producida por los elementos estéticos. Por eso, frente al paradigma habermasiano, las llamadas «éticas de la virtud» podrían dar lugar a un nuevo punto de vista de la teoría de la argumentación que se preocupe por los auditorios reales desde una noción de la racionalidad más humana, hermanada con la emoción y la biografía.

Referencias bibliográficas

  • Alexy, R., 1989: Teoría de la argumentación jurídica (M. Atienza, Trad.), Madrid: Espejo CEC.
  • Amalia, A., 2013: «Virtud y razón en el Derecho. Hacia una teoría neo-aristotélica de la argumentación jurídica», en R. González de la Vega y G. Lariguet, Problemas de Filosofía del Derecho. Nuevas Perspectivas, Bogotá: Temis.
  • Amaya, A., y Hock Lai, H., 2012 (eds.): Law, Virtue and Justice, Oxford: Hart Publishing.
  • Aristóteles, 1970: Ética a Nicómaco (M. Araujo y J. Marías, Trans.), Madrid: Instituto de Estudios Políticos.
  • Aristóteles, 1990: Retórica (Q. Racionero, Trans.), Madrid: Gredos.
  • Atienza, M., 1991: Las razones del derecho. Teorías de la argumentación jurídica, Madrid: CEC.
  • Atienza, M., 2013: Curso de argumentación jurídica, Madrid: Trotta.
  • Castillo, P. G., 1998: «Influencias filosóficas en la definición del vir bonus de Quintiliano», en VVAA, T. Albadalejo, E. del Río y J. Caballero (eds.), Quintiliano: historia y cualidad de la retórica, Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 891-899.
  • Chapman, J., y Galston, W., 1992: Virtue, NOMOS XXXIV, New York: New York University Press.
  • Cicerón, M., 1997: La invención retórica (S. Núñez, Trans.), Madrid: Gredos.
  • Farrelly, C., y Solum, L., 2008: Virtue Jurisprudence, Basingstoke: Palgrave MacMillan.
  • Gadamer, H., 1997: Verdad y método (A. y. Agud, Trans.), Salamanca: Sígueme.
  • Gearey, 2001: Law and Aesthetics, Oxford: Hart Publishing.
  • Habermas, J., 1981: Teoría de la acción comunicativa, Madrid: Taurus.
  • Habermas, J., 1989: «Teorías de la verdad», en Teoría de la acción comunicativa. Complementos y estudios previos, Madrid: Cátedra.
  • Isocrates, 1928: «Antidosis», en Isocrates (G. Norlin, Trans., vol. I), Cambridge: Harvard University Press.
  • Kant, I., 1981: Crítica de la razón práctica (E. Miñana y M. García Morente, Trans.), Madrid: Espasa-Calpe.
  • MacIntyre, A., 2013: Tras la virtud, Barcelona: Austral.
  • Nussbaum, M., 1995: Justicia poética (C. Gardini, Trans.), Barcelona: Editorial Andrés Bello.
  • Nussbaum, M., 2004: La fragilidad del bien, Madrid: Machado.
  • Nussbaum, M., 2012: Las fronteras de la justicia, Barcelona: Paidós.
  • Perelman, C., 1957: «Evidence et Preuve», Dialectica (11), 230-238.
  • Perelman, C., 1979: La lógica jurídica y la nueva retórica, Madrid: Civitas.
  • Perelman, C., y Olbrechts-tyteca, L., 1989: Tratado de la argumentación: La nueva retórica, Madrid: Gredos.
  • Quintiliano, M., 2001: Sobre la formación del orador (Institutiones Oratoriae) (A. Ortega, Trans.), Salamanca: Universidad Pontificia de Salamanca.
  • Saldaña, J., 2007: Ética judicial. Virtudes del juzgador, México: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • Schopenhauer, A., 2002: El arte de tener razón, expuesto en 38 estratagemas (F. Volpi, Ed., y J. Alborés, Trans.), Madrid: Alianza.
  • Tovar, A., 2015: La institucionalización de la razón, Madrid: Instituto de Estudios Políticos.
  • Van Eemeren, F., y Grootendorst, R., 2004: A Systematic Theory of Argumentation. The pragma-dialectical approach, Cambridge: CUP, 1.
  • Vega, L., 2003: Si de argumentar se trata, Montesinos: Ediciones de Intervención Cultural.
  • Viehweg, T., 1964: Tópica y jurisprudencia, Madrid: Taurus.
  • Walton, D., 1989: Informal Logic. A Handbook for Critical Argumentation, Cambridge: CUP.
  • Yankah, E., 2009: «Virtue’s Domain», University of Illinois Law Review, vol. 2009, núm. 4.