Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones) 1977 (núm. 148)
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Universidad de Granada
info
ISSN: 2282-2313
Año de publicación: 2019
Título del ejemplar: Conmemoración del Centenario de la OIT, 2019
Volumen: 7
Número: 0
Páginas: 1150-1163
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo
Resumen
La aprobación de un Convenio de la OIT viene asociada a la mejora de las condiciones en que se prestan las relaciones laborales. La proyección que ofrecen estas iniciativas normativas aporta una dimensión expansiva a través de un marco regulador que suele ser referente no sólo para los países más avanzados sino también para las organizaciones supranacionales más destacadas. El Convenio n. 148, aprobado en Ginebra el 1° de junio de 1977, supone un punto de inflexión en un mundo en el que el cuidado del medio ambiente ha pasado a ocupar un papel central. Aunque las medidas de prevención frente a la contaminación del aire, la eliminación o el control de los ruidos y las vibraciones se plantean inicialmente relacionadas con el desarrollo del trabajo, lo cierto es que su adecuada regulación se encuentra directamente relacionada no sólo con la prestación laboral sino con fines prioritarios para la humanidad como la consecución de una economía sostenible y respetuosa con el medio natural.