El peso del control del fraude y del absentismo laboral en el nuevo modelo de gestión de la ITUna clara protagonista entre las entidades implicadas

  1. Farah Amaadachou Kaddur
Revista:
Derecho de las relaciones laborales

ISSN: 2387-1113

Año de publicación: 2018

Número: 1

Páginas: 22-31

Tipo: Artículo

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Resumen

En el presente estudio se pretende incidir en uno de los ámbitos que mayor interés ha concitado acerca de esta candente materia, relativa al creciente protagonismo que han ido adquiriendo las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social en la gestión de una de las prestaciones más importantes que integra nuestro sistema de Seguridad Social, como es la incapacidad temporal. Prueba de ello es el incremento del marco competencial que han experimentado este tipo de organismos, sobre todo a raíz de las últimas y recientes reformas legislativas acaecidas a partir del año 2014, con la aprobación del RD 625/2014, de 18 de julio, recientemente modificado por el RD 231/2017, de 10 de marzo. Y, por supuesto, también ocupa un lugar central la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de la Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Junto con todas estas claves normativas y la redacción recepcionada en el actual texto refundido de la LGSS 2015, hay que destacar la repercusión que ha tenido el absentismo laboral y el control del fraude en la deriva de los recientes acontecimientos legislativos.

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