Custodia compartidarazonamientos judiciales y criterios psicológicos

  1. Justicia-Arráez, Ana 1
  2. Justicia, Mª Dolores 1
  3. Arco, Cristina 1
  4. Alba, Guadalupe 1
  1. 1 Universidad de Granada
    info

    Universidad de Granada

    Granada, España

    ROR https://ror.org/04njjy449

Revista:
Revista Iberoamericana de Psicología

ISSN: 2027-1786

Año de publicación: 2019

Título del ejemplar: Revista Iberoamericana de Psicología

Volumen: 12

Número: 1

Páginas: 7-18

Tipo: Artículo

DOI: 10.33881/2027-1786.RIP.12101 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumen

  Cuando unos padres finalizan su relación uno de los aspectos más relevantes es el relativo a las medidas adoptadas en relación con los hijos. Desde la legalización del divorcio en 1981 se han llevado a cabo diversas modificaciones legislativas y algunas Comunidades Autónomas han decretado leyes donde la custodia compartida es la opción preferente. El estudio pretende analizar los razonamientos que utilizan jueces/magistrados para fundamentar la custodia compartida; conocer en qué medida las decisiones judiciales toman como referencia los informes periciales y los criterios que en ellos se aportan; y analizar si los razonamientos judiciales y los criterios psicológicos son de corte psicoevolutivo. Para ello, se llevó a cabo un estudio descriptivo transversal en el que se analizaron 163 sentencias del año 2016 de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los resultados evidencian una tendencia a una mayor argumentación de la concesión de la guarda y custodia compartida. Los razonamientos judiciales más frecuentes son la aptitud personal del progenitor, el interés superior del menor y la estabilidad del mismo, entre otros. Por otro lado, los criterios periciales más utilizados por los psicólogos en sus valoraciones son la capacidad de los progenitores y la calidad de las prácticas de crianza. 

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