Sustitución vulgar a favor de los descendientes en caso de renuncia del legitimario a la herencia o a un legadoa propósito de la RDGSJFP de 18 de enero de 2022

  1. Ana López Frías 1
  1. 1 Universidad de Granada
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    Universidad de Granada

    Granada, España

    ROR https://ror.org/04njjy449

Revista:
Revista Jurídica del Notariado

ISSN: 1132-0044

Año de publicación: 2023

Número: 116

Páginas: 177-198

Tipo: Artículo

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Resumen

Es objeto de estudio en este trabajo la doctrina de la DGRN/DGSJFP relativa a la renuncia de algún descendiente legitimario, instituido heredero o legatario, al que el causante ha sustituido vulgarmente en el testamento por sus propios descendientes, con especial atención a la resolución de 18 de enero de 2022. Particularmente se analiza si la sustitución debe aplicarse o no cuando el causante ha asignado el legitimario renunciante su legítima estricta y cuál es el papel que desempeña en tal sentido la interpretación de la voluntad del testador.