Tratados universales para la gestión de los recursos hídricos compartidos y Diplomacia del Agua de la Unión Europea

  1. Álvarez Arcá, Ignacio
Dirigida por:
  1. Ana Salinas de Frías Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Málaga

Fecha de defensa: 06 de julio de 2022

Tribunal:
  1. Sergio Salinas Alcega Presidente/a
  2. Teresa Fajardo del Castillo Secretaria
  3. Jochen Sohnle Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 733096 DIALNET lock_openRIUMA editor

Resumen

La tesis doctoral estudia los dos tratados universales existentes para la gestión de los recursos hídricos compartidos con el fin de analizar su compatibilidad y determinar cuál de ellos debería promoverse en el marco de la Diplomacia del Agua de la Unión Europea. Esta estrategia, diseñada de manera conjunta por el Consejo de la Unión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior, tiene como objetivos principales promover una gestión sostenible de los recursos hídricos compartidos en las regiones periféricas y prevenir la aparición de conflictos interestatales ocasionados por el acceso al agua. Tras la oportuna delimitación conceptual y el análisis de los caracteres esenciales del Derecho internacional del medio ambiente como subsistema del Derecho internacional, son objeto de estudio los instrumentos normativos para la gestión de los recursos hídricos en la Unión Europea –esencialmente la Directiva Marco del Agua– y el modo en el cual ésta intenta exportar su sistema de gestión a través de la acción exterior. Con posterioridad, se examinan los dos tratados universales existentes en la materia para definir la orientación de cada uno de ellos y el modelo de gestión que establecen. El propósito de dicho análisis consiste en determinar cuál de los dos tratados satisface los requerimientos de la Diplomacia del Agua de la Unión Europea y se alinea con los principios inspiradores de la Directiva Marco del Agua. Finalmente, tras el examen de su compatibilidad, exponemos las razones por las que la Unión Europea debe establecer una política jurídica exterior acorde a sus intereses –vinculados a la sostenibilidad– y, por tanto, promover la adhesión en exclusiva al Convenio sobre la protección y utilización de los cursos de agua transfronterizos y lagos internacionales. Con ello satisfaría los objetivos de la Diplomacia del Agua y contribuiría al desarrollo progresivo del Derecho internacional.