El reconocimiento o validez de un permiso de conducción con presencia del elemento extranjero en la doctrina consolidada del TJUE, y, en particular, en la Sentencia de 21 de mayo de 2015, asunto C-339/2014

  1. Ana María de Toro Negro
Libro:
Estudios sobre Jurisprudencia Europea: materiales del I y II Encuentro anual del Centro español del European Law Institute
  1. Albert Ruda González (coord.)
  2. Carmen Jerez Delgado (coord.)

Editorial: Sepin

ISBN: 978-84-17414-01-6

Año de publicación: 2018

Páginas: 395-413

Tipo: Capítulo de Libro

Resumen

El Tribunal de Justicia, en esta sentencia, somete a juicio la posibilidad de denegar o no el reconocimiento de la validez de un permiso de conducción obtenido en otro Estado miembro, de una persona cuyo permiso de conducción se encuentre restringido, suspendido o retirado conforme a la normativa del primer Estado miembro. La sentencia da un paso al frente en la idea de no discriminación por razón de la existencia o no de ese permiso de conducción y en ningún caso hace depender la validez jurídica del mismo, de la firmeza o no de la sentencia que declara su suspensión y retirada, sin comprometer a un Estado a que además reconozca la validez del permiso expedido por otro, simplemente porque un reconocimiento automático podría favorecer la realización de ciertas conductas o comportamientos reprobables y no guardaría fidelidad al principio de protección de la seguridad vial, incluso al de favorecimiento de la seguridad jurídica.