Difícil encaje mercantil de la figura del consejero independiente en el Consejo de Administración de las sociedades anónimas deportivas

  1. Segismundo Torrecillas López
Revista:
Revista española de derecho deportivo

ISSN: 1132-9688

Año de publicación: 2024

Número: 54

Páginas: 71-93

Tipo: Artículo

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Resumen

El 22 de diciembre de 2022 el Congreso de los Diputados aprobaba definitivamente la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte (en adelante nueva Ley del Deporte), derogando de esta forma la Ley 10/1990, del Deporte español (en adelante vieja Ley del Deporte). Fruto del anhelo de representación de los aficionados en el órgano de gestión, La nueva Ley del Deporte introduce una novedad en cuanto a la composición del preceptivo Consejo de Administración cual es la obligatoriedad de que al menos uno de los miembros del Consejo sea un consejero independiente que deberá velar especialmente por los intereses de los abonados y aficionados. Ciertamente —a semejanza de las sociedades anónimas cotizadas—, y siguiendo parámetros y objetivos por el Código de Buen Gobierno que deben presidir en todos los entes deportivos, esta nueva figura jurídica nos sitúa —si se me permite la expresión— fuera de juego siendo de difícil encaje en los cánones clásicos de la sociedad anónima deportiva, constituyendo un verdadera particularismo de esta anónima especial.