Constitución, función consultiva y estado autonómico

  1. GALERA VICTORIA, ADORACIÓN
Dirigida por:
  1. Francisco Balaguer Callejón Director

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 12 de julio de 2004

Tribunal:
  1. Carlos de Cabo Martín Presidente/a
  2. José María Porras Ramírez Secretario
  3. Francisco López Menudo Vocal
  4. Miguel Angel García Herrera Vocal
  5. Gregorio Cámara Villar Vocal
Departamento:
  1. DERECHO CONSTITUCIONAL

Tipo: Tesis

Teseo: 101109 DIALNET

Resumen

El objeto de estudio se centra por un lado en el análisis del origen y los factores que conducen a la evolución del concepto, la naturaleza y finalidades de la función consultiva desde sus orígenes decimonónicos hasta la actualidad y por tanto, su encuadre en el marco del Estado constitucional de Derecho, y por otro, en el estudio de la incidencia de la organización territorial del poder en esta función estatal y sus órganos. A partir de esos dos ejes esenciales, el desarrollo de la investigación pretende dejar de manifiesto la proyección de los principios y valores del constitucionalismo democrático en un sistema basado en el reconocimiento y respecto al pluralismo social, político y territorial. En ese contexto y conforme a es tos principios que inspiran el modelo de constitución normativa, el modelo constitucional de función consultiva aparece como actividad al servicio del respeto y garantía del ordenamiento constitucional y, en esa medida, conectado con la exigencia de sometimiento de los poderes públicos al conjunto del sistema normativo y de seguridad y certeza del Derecho. Junto a ello, en nuestro ordenamiento constitucional el ejercicio de la autonomía reconocida y garantizada a las Comunidades Autónomas en el artículo 2 de la Constitución y desarrollada en su Título VIIII y en las normas estatutarias y legales autonómicas, produce una nueva reformulación del ejercicio de esta función estatal. Y es que, el modelo constitucional de función consultiva que se desprende la Constitución territorial impone la existencia de una pluralidad de órganos consultivos que junto a la tradicional institución que ha asumido esta función, el Consejo de Estado, actúan como instituciones de asesoramiento y de control previo de legalidad del respeto al conjunto del sistema normativo y a los derechos de los ciudadanos. No obstante, en el trabajo de investigación se pone de manifiesto como la apertura y flexibilidad de nuestro modelo de E