Principio de culpabilidad y reincidencia en el derecho español

  1. AGUDO FERNÁNDEZ, ENRIQUE
Dirigida por:
  1. Enrique Bacigalupo Zapater Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 04 de marzo de 2004

Tribunal:
  1. Manuel Cobo del Rosal Presidente/a
  2. José Miguel Zugaldía Espinar Secretario
  3. Manuel Jaén Vallejo Vocal
  4. Lorenzo Morillas Cueva Vocal
  5. María Luisa Silva Castaño Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Se postula la supresión de las circunstancias agravantes de reincidencia (art. 22.8 Código Penal de 1995) y de reincidencia cualificada (art. 66.1.5ª Código Penal de 1995), por dos razones fundamentales: A,- De una parte, por la absoluta incompatibilidad teórica existente entre el principio de culpabilidad por el hecho y la agravación de la pena por reincidencia. B,- De otra parte, por la demostrada insuficiencia de la pena para combatir eficazmente el fenómeno de la recaída en el delito y resolver, en su caso, los problemas que plantean los autores imputables peligrosos. En su lugar, se propone dirigir el tratamiento de la recaída en el delito hacia el terreno más propio de las medidas de seguridad, siempre y cuando el autor se revele como peligroso, para lo cual es preciso admitir -contra lo prevista actualmente por el legislador penal- que las medidas de seguridad también pueden ser impuestas como un complemento dela pena a los autores imputables peligrosos.