La "perpetuatio iurisdictionis" en el proceso civil

  1. CHOZAS ALONSO , JOSE MANUEL
Dirigée par:
  1. Andrés de la Oliva Santos Directeur/trice

Université de défendre: Universidad Complutense de Madrid

Année de défendre: 1994

Jury:
  1. Francisco Javier Paricio Serrano President
  2. Jaime Vegas Torres Secrétaire
  3. José María Rifá Soler Rapporteur
  4. José Luis González Montes Rapporteur
  5. Alberto Montón Redondo Rapporteur

Type: Thèses

Teseo: 42726 DIALNET

Résumé

LA "PERPETUATIO IURISDICTIONIS" SE CONFIGURA EN NUESTRO ORDENAMIENTO COMO UN EFECTO PROCESAL DE LA LITISPENDENCIA, EN VIRTUD DEL CUAL UNA VEZ QUE SE HA DETERMINADO LA COMPETENCIA Y/O JURISDICCION DE UN ORGANO JURISDICCIONAL CONFORME A LOS HECHOS Y NORMAS EXISTENTES EN EL MOMENTO DE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA, LAS POSIBLES VARIACIONES POSTERIORES DE ESOS HECHOS O NORMAS NO TENDRAN INFLUENCIA NINGUNA SOBRE LA PREVIA ATRIBUCION COMPETENCIAL. ESTE EFECTO DE LA PENDENCIA DE LA LITIS NO SE ENCUENTRA REGULADA EXPRESAMENTE EN LA L.E.C.; SIN EMBARGO, AL SER LA PLASMACION DE UN PRINCIPIO DEL ORDENAMIENTO PROCESAL, TIENE UNA PLENA APLICACION POR NUESTROS ORGANOS JURISDICCIONALES.Ñ